PÁGINAS: 696 | EDICIÓN:   
MATERIA: Daños
PUBLICADO: Marzo 2017
ISBN: 978-987-30-0751-4
REFERENCIA: 2092

Parte general: La empresa en el Código Civil y Comercial. Del riesgo creado al riesgo de empresa. La empresa como causante de daños. La preocupación por los costos empresarios. Las vías elegidas para un Derecho de Daños ajustado a las pretensiones de la empresa. Falsas eximentes en la responsabilidad de la empresa. Características sobresalientes del quehacer empresario. Daños originados en la acción u omisión de los dependientes de la empresa. La responsabilidad de la empresa y los ámbitos de responsabilidad contractual y extracontractual. La prevención del daño empresario. La relación de causalidad empresaria. La prueba del daño empresario. La cuantificación del daño originado en el riesgo de empresa. Parte especial: La responsabilidad de la empresa periodística, de educación o enseñanza, de alimentos, de productos farmacéuticos, viales, de peaje, de servicios financieros (bancos).

 

  • PARTE GENERAL
  • CAPÍTULO INTRODUCTORIO - LA EMPRESA EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
  • 1. Introducción. Título Preliminar y su incidencia en las relaciones de empresa, pág. 17
  • 2. La persona humana y sus derechos como límite a la actividad empresarial, pág. 20
  • 3. El menor empresario, pág. 21
  • 4. Tutela y actividad empresarial, pág. 22
  • 5. Personas jurídicas, responsabilidad y actividad empresarial, pág. 23
  • 6. Los límites en relación con los bienes que pueden ser objeto de la actividad empresarial, pág. 27
  • 7. Lo electrónico en el mundo empresarial, pág. 30
  • 8. La empresa, el empresario y sus obligaciones de contabilidad, pág. 31
  • 9. La representación, pág. 38
  • 10. Relaciones de familia y actividad mercantil, pág. 42
  • 11. La buena fe y los negocios, pág. 43
  • 12. La acción directa, pág. 44
  • 13. Las obligaciones de dar dinero, pág. 45
  • 14. Cláusula penal y sanciones conminatorias, pág. 48
  • 15. Rendición de cuentas, pág. 48
  • 16. Contrato y derecho de propiedad, pág. 50
  • 17. Contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas, pág. 51
  • 18. Las tratativas contractuales, pág. 52
  • 19. Contratos de larga duración, pág. 52
  • 20. Suspensión del cumplimiento y tutela preventiva, pág. 54
  • 21. Contratos conexos, pág. 54
  • 22. Frustración del fin e imprevisión, pág. 55
  • 23. Contratos de consumo, pág. 56
  • 24. Compraventa, pág. 65
  • 25. Suministro, pág. 66
  • 26. Locación, pág. 66
  • 27. Leasing, pág. 68
  • 28. Obra y servicios, pág. 71
  • 29. Transporte, pág. 76
  • 30. Consignación, pág. 79
  • 31. Corretaje, pág. 80
  • 32. Depósitos necesarios, pág. 82
  • 33. Contratos bancarios, pág. 84
  • 34. Factoraje, pág. 91
  • 35. Contratos de bolsa o mercados, pág. 92
  • 36. Contratos asociativos, pág. 92
  • 37. Agencia, pág. 96
  • 38. Concesión, pág. 102
  • 39. Franquicia, pág. 103
  • 40. Arbitraje, pág. 107
  • 41. Fideicomiso, pág. 110
  • 42. Gestión de negocios, pág. 112
  • 43. Garantías unilaterales, pág. 114
  • 44. Títulos valores, pág. 115
  • 45. Conjuntos inmobiliarios, pág. 117
  • 46. Tiempo compartido, pág. 118
  • 47. Cementerios privados, pág. 119
  • 48. Indivisión por sucesión, pág. 120
  • 49. Derecho Internacional Privado, pág. 122
  • 50. Responsabilidad, pág. 122
  • 51. Prescripción, pág. 124
  • CAPÍTULO I - DEL RIESGO CREADO AL RIESGO DE EMPRESA
  • 1. El riesgo como factor de atribución del daño injusto, pág. 125
  • a) El riesgo como factor objetivo de imputación, pág. 125
  • b) Prescinde del debate sobre "culpabilidad", pág. 128
  • c) No es "una física de las acciones humanas", pág. 129
  • 2. Su vigencia fuerte en ámbitos residuales: 1960-1980, pág. 131
  • a) Los avances de la imputación objetiva, pág. 131
  • b) La culpa en el centro y el riesgo en la periferia o sectores residuales, pág. 133
  • c) De la "igualación" al retroceso, pág. 134
  • 3. La "descodificación" de la responsabilidad por daños, pág. 135
  • a) La "descodificación" clásica o tradicional, pág. 135
  • b) La "descodificación" reciente, pág. 136
  • c) El tema frente al nuevo Código Civil y Comercial, pág. 138
  • 4. La trilogía que se abre camino, pág. 138
  • a) El porqué de la cuantificación con tope cuando media "seguro obligatorio", pág. 138
  • b) La cuantificación legal con tope, sin seguro obligatorio, sólo para la imputación objetiva, pág. 141
  • c) La falta de derecho a prevalerse de la limitación. Vuelve el debate sobre la culpa, pág. 142
  • 5. Del riesgo creado al riesgo provecho, pág. 143
  • a) La situación en Brasil. El "riesgo" en la doctrina autoral y judicial argentina. La mera creación de riesgos, pág. 143
  • b) Las cosas y el riesgo en la doctrina argentina, pág. 145
  • c) Del riesgo sin provecho al "riesgo provecho", pág. 147
  • 6. Del riesgo provecho al riesgo de empresa, pág. 149
  • a) El ejercicio de una actividad peligrosa (art. 2054, inc. 1° del Cód. Civ. italiano), pág. 149
  • b) El "riesgo de empresa", pág. 152
  • c) Los cinco ámbitos del riesgo de empresa, pág. 153
  • CAPÍTULO II - LA EMPRESA COMO CAUSANTE DE DAÑOS
  • 1. La transformación de los años '80 en Europa y '90 en América Latina y el contexto actual, pág. 157
  • a) Del empresario a la empresa, pág. 157
  • b) El concepto económico, pág. 160
  • c) El capitalismo, antes y después de la caída del Muro de Berlín, pág. 162
  • 2. Los avances de la economía de mercado. La sociedad civil embestida por el mercado. El Código Civil y Comercial, pág. 165
  • a) El "Derecho de las empresas" y el "Derecho del consumidor". ¿Coincidencias o discrepancias?, pág. 1645
  • b) Las preocupaciones centrales de la sociedad civil, pág. 167
  • c) Las preocupaciones del mercado, pág. 168
  • 3. Las empresas en el centro del escenario. La producción de riquezas, el desarrollo. La profesionalidad, pág. 170
  • a) Contratos útiles y justos llevan a negocios equilibrados. La libre iniciativa, pág. 170
  • b) La reparación del daño injusto hace a la seguridad y a la felicidad, pág. 171
  • c) Por qué las empresas ocupan el "centro del escenario", pág. 173
  • 4. La contracara del quehacer empresario: los perjuicios, pág. 175
  • a) Beneficios vs. perjuicios. Construcción vs. destrucción, pág. 175
  • b) Los daños más frecuentes originados en el quehacer empresario. "Glosario" de la interpretación económica, pág. 177
  • c) Daños en la producción. Daños en la distribución. Daños en la comercialización, pág. 180
  • d) La responsabilidad empresarial en el Código. Pautas, pág. 182
  • 5. La cuádruple relación empresaria, pág. 182
  • a) Empresa y Estado, pág. 182
  • b) La ley 26.944, pág. 183
  • c) Empresa y ambiente, pág. 183
  • d) La ley 25.675 y los límites del CCC, pág. 184
  • e) Empresa y dependientes. Empresa y usuario o consumidor, pág. 185
  • 6. La preocupación social por la ecuación costos-beneficios en la actividad empresaria, pág. 186
  • a) La preocupación por "las ganancias" de las empresas no es un tema particular sino "social", pág. 186
  • b) La máxima producción de riquezas y la óptima asignación de recursos como objetivos económicos y jurídicos, pág. 187
  • c) Las vías para la consecución de estos objetivos deseables, según la IED, pág. 188
  • CAPÍTULO III - LA PREOCUPACIÓN POR LOS COSTOS EMPRESARIOS, pág. 189
  • 1. La responsabilidad empresaria en una economía de mercado. La empresa hoy. La globalización, pág. 190
  • a) Las dificultades de una empresa, cualquiera sea, en orden a la dañosidad, pág. 190
  • b) El CCC y la función preventiva de la responsabilidad civil, pág. 191
  • c) La responsabilidad de los establecimientos educativos en el CCC, pág. 192
  • d) La necesidad de competir con precios bajos y buena calidad, pág. 192
  • e) Acuerdos privados. Costos de transacción. Internalizar las externalidades, pág. 193
  • 2. Desarrollo y responsabilidad. Del denominado "pensamiento antiguo" de corte ideológico al "pensamiento nuevo" de corte realista, pág. 194
  • a) ¿Por qué insistimos en esta obra en el análisis económico del Derecho? Desarrollo y responsabilidad, pág. 194
  • b) El cambio de pensamiento en la doctrina argentina. El pragmatismo o realismo y el Proyecto de Reforma al Código Civil de 1998, pág. 196
  • c) ¿Quién está en la Argentina de hoy en mejores condiciones para pagar la indemnización por daños?, pág. 198
  • d) Pautas en el CCC, pág. 200
  • 3. Responsabilidad y costo de producción. La conducta egoísta, pág. 200
  • a) La instrumentalidad del Derecho. El AED como teoría de la conducta del individuo ante las normas jurídicas, pág. 200
  • b) El homo oeconomicus y la teoría de la acción racional económica, pág. 201
  • c) La persona humana: interesada y egoísta. El afán de maximizar su propio bienestar. El concepto de "coste de oportunidad", pág. 202
  • 4. La "simpatía" por las víctimas en tensión con la nueva "simpatía", ahora por las empresas, pág. 203
  • a) La tendencia de los recursos a gravitar en torno a su uso más valioso, pág. 203
  • b) Indemnizar a las víctimas puede no ser el uso más valioso de los recursos, pág. 205
  • c) La "simpatía" emocional por las víctimas debe dejar paso a otra "simpatía", económica, hacia la empresa-dañadora, pág. 206
  • 5. La denominada "socialización del daño empresario", pág. 207
  • a) ¿Qué viene a ser "socializar" el daño empresario?, pág. 207
  • b) ¿Por qué no paga íntegramente el dañador?, pág. 209
  • c) ¿Por qué la víctima debe soportar parte del perjuicio?, pág. 210
  • 6. La "interpretación económica del Derecho", pág. 210
  • a) Los "materialismos" aborrecen del Derecho y sólo atienden a la Economía, pág. 210
  • b) Ni Marx ni Reagan creían en el Derecho, en los jueces o en los abogados, pág. 212
  • c) El mercado se identifica con las empresas, no con los usuarios o consumidores, pág. 214
  • CAPÍTULO IV - LAS VÍAS ELEGIDAS PARA UN DERECHO DE DAÑOS AJUSTADO A LAS PRETENSIONES DE LA EMPRESA
  • 1. La empresa no teme la responsabilidad con base en la culpabilidad, pág. 217
  • a) Sin temor no hay disuasión, pág. 217
  • b) La culpa, como factor de atribución, no despierta el temor empresario, pág. 220
  • c) La responsabilidad con base objetiva es eficiente a la hora de disuadir, pág. 222
  • 2. La empresa teme una responsabilidad con base en un factor objetivo de atribución: el riesgo de empresa, pág. 223
  • a) Otra vez sobre el riesgo de empresa. Riesgos de desarrollo, pág. 223
  • b) El riesgo de la empresa fabricante. La vigilancia del producto, pág. 225
  • c) El riesgo de la empresa distribuidora y del comerciante, pág. 227
  • 3. La ubicación del "riesgo de empresa" fuera del Código Civil y Comercial o en situaciones tipificadas dentro del mismo, pág. 230
  • a) "Riesgo de empresa" y "riesgo de desarrollo". El sinsentido de una liberación, pág. 230
  • b) La responsabilidad de los intermediarios. El mantenimiento de la responsabilidad solidaria imperfecta, pág. 233
  • 4. La empresa rechaza el seguro obligatorio por daños y busca mantener el seguro voluntario, pág. 234
  • a) Los beneficios del seguro. Su coste, pág. 234
  • b) Seguro voluntario o seguro forzoso. La contratación razonable, pág. 235
  • c) Las vicisitudes del seguro. La indemnización a disposición de la víctima, pág. 237
  • 5. La empresa pretende mantener los principios tradicionales sobre la "carga de la prueba", pág. 237
  • a) Demostrar o perecer en el intento, pág. 237
  • b) Las probanzas pendientes en la imputación objetiva, a riesgo de empresa, pág. 238
  • c) La distribución justa de las cargas probatorias. Cargas dinámicas, pág. 239
  • 6. La cuantificación legal de la indemnización, pág. 240
  • a) La Constitución Nacional impone, en materia de compensación por la pérdida de la propiedad, una indemnización justa, pág. 240
  • b) La Constitución y los tratados imponen un tratamiento igualitario, en situaciones similares, y una reparación integral, pág. 241
  • c) El único camino, justo y equitativo, es el de la determinación judicial. La legal, con topes, es arbitraria y caprichosa, pág. 241
  • CAPÍTULO V - FALSAS EXIMENTES EN LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA
  • 1. La "autorización para funcionar" como excluyente de toda responsabilidad. Controles y auditorías, pág. 243
  • a) La presencia del Estado en la actividad empresaria. La autorización para funcionar, pág. 243
  • b) La "autorización" no es "para dañar", sino para una gestión constructiva, pág. 245
  • c) La "autorización" no deja de lado auditorías y controles, pág. 247
  • 2. Los denominados "riesgos del desarrollo", pág. 248
  • a) Riesgos de dañosidad vs. riesgos del desarrollo, pág. 248
  • b) Otra vez se antepone un supuesto "interés general", pág. 248
  • c) La confusión entre el afán empresario de lucros y los progresos de la ciencia o de la técnica, pág. 249
  • 3. El "anonimato" en la causación: en la autoría o en la relación de causalidad, pág. 251
  • a) El porqué del "anonimato" en la actuación de la empresa, pág. 251
  • b) La pluralidad de "supuestos desconocimientos", pág. 252
  • c) El anonimato en la "zona de influencia". Ignorar lo que se debe saber, pág. 254
  • 4. El hecho de tercero extraño y el fenómeno de la "tercerización empresaria". El traslado de los riesgos, pág. 255
  • a) La intervención de un "tercero" en la producción del daño. La situación de la víctima, pág. 255
  • b) La "tercerización" o colocación de actividades en manos de terceros, reales o simulados, como camino a la no responsabilidad, pág. 257
  • c) Empresas que son "tercero", empresas que son "segundo". La autonomía empresaria, pág. 258
  • d) Dependencia, conexidad y otras normas del CCC, pág. 260
  • 5. El hecho de la víctima. Su descuido o negligencia, pág. 261
  • a) Víctimas inocentes y no inocentes, pág. 261
  • b) La "voluntad" de dañarse a sí mismo. Daños conscientes e inconscientes, pág. 262
  • c) El hecho de la víctima y la asunción de riesgos, pág. 265
  • d) Un caso muy actual: adicción o vicio. El tema de la prescripción del daño, pág. 266
  • 6. El caso fortuito en el quehacer de la empresa. Hechos internos y externos, pág. 272
  • a) Caso fortuito y riesgo de empresa, pág. 272
  • b) Son casos fortuitos, en el obrar empresario, los hechos ajenos a la zona de influencia, pág. 273
  • c) ¿Puede la empresa disponer unilateralmente la creación de casus? Los pactos sobre imprevisibilidad, pág. 273
  • d) El caso fortuito en el CCC, pág. 274
  • CAPÍTULO VI - CARACTERÍSTICAS SOBRESALIENTES DEL QUEHACER EMPRESARIO
  • 1. La empresa es un ente organizado que cuenta con asesoramiento técnico, económico y jurídico. El "sistema experto", pág. 277
  • a) La empresa como "sistema experto". Las consecuencias en orden a su actuación. Derecho Comparado, pág. 277
  • b) La empresa como entidad "organizada", profesional y de lucro, pág. 283
  • c) La empresa y su asesoramiento técnico. Las ventajas. Relaciones empresarias, pág. 284
  • 2. La empresa calcula beneficios y ventajas, por un lado, y costos y perjuicios, por el otro, pág. 284
  • a) Beneficios de la "producción" y costos de la "destrucción", pág. 284
  • b) Prevención: sí o no. Sus costos, pág. 286
  • c) "Vender es garantizar". Las seguridades implícitas, pág. 289
  • 3. La empresa es creadora de riesgos, pág. 291
  • a) La organización empresaria y las dificultades del control, pág. 291
  • b) El recurso a mano de obra asalariada. Los empleados de la empresa, pág. 292
  • c) La explicación sobre los "riesgos" empresarios, pág. 293
  • 4. La generación de confianza como causa de atribución. La oferta como apariencia, pág. 294
  • a) El consumidor no trata "con la empresa sino con sus dependientes". La confianza en quien "la representa", pág. 294
  • b) Los auxiliares en el cumplimiento y la apariencia, pág. 296
  • c) El "control interno" y el "control externo". La publicidad, pág. 296
  • 5. La empresa, en las relaciones de consumo, enfrenta a una persona vulnerable: el consumidor, pág. 299
  • a) El consumidor como "hombre aislado". Un país individualista, pág. 299
  • b) Las asociaciones de consumidores. Su razón de ser. ¿Favor o disfavor oficial?, pág. 300
  • c) Prospectiva, pág. 300
  • 6. Las relaciones interempresarias: la gran empresa en sus relaciones con la mediana y pequeña empresa, pág. 303
  • a) La mediana y pequeña empresa. La "Cenicienta" de la hora actual, pág. 303
  • b) La mediana y pequeña empresa es abusada por la gran empresa, nacional o transnacional, pág. 304
  • c) Las dificultades del tema. El tratamiento igualitario a todas las empresas. La "dependencia" de las pequeñas empresas, pág. 304
  • CAPÍTULO VII - DAÑOS ORIGINADOS EN LA ACCIÓN U OMISIÓN DE LOS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA
  • 1. La responsabilidad del principal, empresa, por el hecho del dependiente es objetiva, pág. 305
  • a) El personal de la empresa. Los "recursos humanos". Directivos y dependientes, pág. 305
  • b) Las dificultades técnico-jurídicas. El absurdo del "contrato a favor de tercero", pág. 308
  • c) El triunfo de la sensatez. Los auxiliares en el quehacer empresario, pág. 310
  • d) El hecho del dependiente y la conexidad contractual. El caso de daño, pág. 311
  • 2. Responsabilidad de la empresa por una actividad concreta y determinada de un dependiente específico, pág. 314
  • a) Culpa del dependiente y riesgo de la empresa principal, pág. 314
  • b) El porqué de la insistencia en la culpa del auxiliar. El riesgo considerado extraño al encargo, pág. 316
  • c) Negligencias y riesgos en la labor del auxiliar, pág. 317
  • 3. Daño causado por omisión o por un hecho indeterminado del grupo de personas que trabaja para la empresa, pág. 318
  • a) La acción y la omisión de los auxiliares, pág. 318
  • b) Auxiliares conocidos y auxiliares desconocidos, pág. 319
  • c) El criterio de juzgamiento a favor del débil o del consumidor, pág. 320
  • 4. Situaciones de dependencia evidente y de dependencia dudosa o disimulada, pág. 321
  • a) La condición de "auxiliar" puede existir de modo evidente o no, pág. 321
  • b) El "auxiliar disimulado" con la apariencia de autonomía, pág. 322
  • c) Los caminos para desentrañar la verdad en orden a la dependencia, pág. 323
  • 5. Responsabilidad de la empresa por daños causados por empresas dependientes, pág. 325
  • a) La dependencia empresaria: nuevo rostro de la dependencia personal, pág. 325
  • b) Los casos de colaboración empresaria, pág. 326
  • CAPÍTULO VIII - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA Y LOS ÁMBITOS DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL
  • 1. La visión clásica, pág. 327
  • a) Un tema clásico: los ámbitos de la responsabilidad civil, pág. 327
  • b) Dos situaciones distintas: un deudor que no paga vs. un agente dañador, pág. 329
  • c) El debate sobre la "unificación", pág. 331
  • d) El CCC unificó los ámbitos, pág. 332
  • 2. La visión actual, pág. 332
  • a) Los "dañadores" suelen ser "fuertes" y los "dañados", "débiles", pág. 332
  • b) Esta "debilidad" unida al perjuicio es común en las órbitas contractual y extracontractual, pág. 334
  • c) La unificación "favorece" a las víctimas y "perjudica" a los victimarios, pág. 335
  • 3. La empresa que ingresa al mercado, pág. 336
  • a) La imposibilidad de tutelar al consumidor sólo desde lo contractual, pág. 336
  • b) Los "negocios" orientados al consumo sustituyen a los "contratos de consumo". La conexidad, pág. 339
  • c) La solución ejemplar: el artículo 40 de la ley 24.240, pág. 340
  • d) Los casos de consumo, pág. 341
  • 4. La responsabilidad en mano común o indistinta, solidaridad imperfecta, de todos los intervinientes, pág. 341
  • a) El porqué de la solidaridad de todas las empresas intervinientes en el proceso de producción y comercialización, pág. 341
  • b) El porqué de la responsabilidad del "productor", pág. 343
  • c) La solidaridad de los restantes personajes de la cadena, pág. 344
  • d) Los contratos asociativos, pág. 345
  • 5. La víctima puede ser o no el adquirente, pág. 346
  • a) La víctima puede ser el adquirente del producto o del servicio o quien, por alguna razón, se "aprovechó" del mismo, pág. 346
  • b) La ampliación de los legitimados activos, titulares de una acción resarcitoria, pág. 348
  • c) La acción indemnizatoria expedita. Su "consolidación" en el Código, pág. 349
  • 6. Los daños reclamables. La prescripción, pág. 350
  • a) Los daños reclamables, pág. 350
  • b) La tesis reduccionista, pág. 352
  • c) La reparación integral. La prescripción aplicable, pág. 352
  • d) Plenitud, integralidad, prescripción y punición, pág. 353
  • CAPÍTULO IX - LA PREVENCIÓN DEL DAÑO EMPRESARIO
  • 1. La obligación de seguridad o deber de garantía. El "contrato normal". La satisfacción de "expectativas legítimas", pág. 355
  • a) Bienes o servicios seguros: libre de todo peligro, riesgo o daño, pág. 356
  • b) El deber de seguridad en la vida de relación y en los acuerdos, pág. 357
  • c) La expectativa de un "contrato normal", de una negociación confiable, pág. 360
  • d) Asunción de riesgos, pág. 361
  • 2. El control en el proceso de producción, pág. 362
  • a) Los controles del productor o fabricante, pág. 362
  • b) El producto o el servicio no puede salir al mercado con fallas, defectos o riesgos, pág. 364
  • c) Como regla, ante un producto dañoso, debe presumirse la responsabilidad de quien lo incorpora o lanza, pág. 365
  • 3. Las verificaciones posibles en el proceso de circulación o intermediación, pág. 366
  • a) El consumidor frente a la "circulación" del producto, pág. 366
  • b) Vicios, pág. 368
  • c) El consumidor ante el distribuidor y el mayorista, pág. 370
  • d) El consumidor frente al "almacenero" o la farmacia, pág. 371
  • 4. Los "avisos" destinados al consumidor. La información, pág. 371
  • a) La información: tema clave en la tutela del consumidor, pág. 371
  • b) Información, pág. 373
  • c) Diferencias con la publicidad y el marketing, pág. 374
  • d) Publicidad, pág. 375
  • e) Información en las distintas etapas de la comercialización: precontractual y poscontractual, pág. 375
  • 5. La incorporación al mercado de "productos" insuficientemente probados o de mala calidad, pág. 377
  • a) Productos de inferior calidad. Su incorporación al mercado, pág. 377
  • b) Productos "experimentales" o no suficientemente probados, pág. 379
  • c) Bienes o servicios de mala calidad. Las garantías, pág. 380
  • 6. Bienes o servicios de alto riesgo o elevada peligrosidad. Cuantificación legal y disuasión del daño, pág. 381
  • a) El deber empresario de evitar causar un daño y el riesgo empresario, pág. 381
  • b) El deber de adoptar las medidas razonables para no dañar y la incorporación al mercado de productos o servicios peligrosos. Daños punitivos, pág. 382
  • c) La discusión sobre la sanción pecuniaria disuasiva, pág. 383
  • d) Las circunstancias del caso y la gravedad de los riesgos y de los peligros, pág. 388
  • CAPÍTULO X - LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD EMPRESARIA
  • 1. La causalidad conocida. La empresa causante única, pág. 391
  • a) La relación de causalidad entre el riesgo de empresa y el daño, pág. 391
  • b) Las dificultades que encierra el presupuesto "causalidad adecuada", pág. 394
  • c) De la causalidad "próxima" a la "causalidad remota", pág. 397
  • 2. La concurrencia causal de varias empresas. Indeterminación del porcentaje, pág. 398
  • a) Del hecho de una única empresa al hecho de empresas plurales, pág. 398
  • b) De la participación igualitaria a la participación en diversa medida, pág. 400
  • c) De la causa conocida a la causa ignorada, pág. 401
  • 3. Causalidad demostrada y causalidad posible. La presunción de causalidad, pág. 402
  • a) La distinción entre posibilidad y probabilidad en materia de relación causal, pág. 402
  • b) La "teoría de la condición peligrosa", pág. 404
  • c) La teoría de la proporcionalidad, pág. 405
  • 4. Actividad de la empresa concurrente con un hecho de la naturaleza, pág. 406
  • a) Las interferencias en la relación de causalidad, pág. 406
  • b) Caso fortuito sí o caso fortuito no. El debate acerca de su rol en la responsabilidad objetiva, pág. 408
  • c) Los extremos para que el casus sea una "causa sobreviniente" con efectos dañosos propios, pág. 409
  • 5. Actividad de la empresa concurrente con un hecho de la víctima, pág. 410
  • a) La empresa dañadora y el consumidor víctima. La importancia de la conducta de la víctima, pág. 410
  • b) Víctima que, con su actitud, posibilita el daño. Hecho concurrente, pág. 411
  • c) El deber de la víctima de evitar el "aumento" del perjuicio. El deber de "disminuir su magnitud", pág. 412
  • 6. Actividad de la empresa concurrente con hechos de terceros extraños. Hechos u omisiones del Estado, pág. 414
  • a) Los hechos de "terceros extraños" pueden interrumpir el curso causal regular o normal, pág. 414
  • b) La inexplicable negativa a admitir la interrupción en la responsabilidad objetiva, pág. 414
  • c) El Estado como "tercero", coadyuvante o excluyente, en su actuar sobreviniente, pág. 415
  • 7. La causalidad en el CCC, pág. 416
  • CAPÍTULO XI - LA PRUEBA DEL DAÑO EMPRESARIO
  • 1. La carga probatoria clásica y la distribución probatoria, pág. 419
  • a) La carga probatoria desde un enfoque clásico o tradicional. La prueba a cargo de la víctima, pág. 419
  • b) La carga de la prueba desde un enfoque actual. La inversión de la carga, pág. 421
  • c) La carga probatoria del riesgo de empresa y la responsabilidad consiguiente, pág. 423
  • 2. La carga probatoria en el Derecho Comunitario europeo sobre productos elaborados, pág. 425
  • a) Derecho Comparado, pág. 425
  • b) El Derecho de la Comunidad Europea en materia de prueba de daños por productos elaborados, pág. 426
  • c) La tendencia observable. Avances y retrocesos, pág. 427
  • 3. Los distintos tipos de empresas y los diferentes quehaceres empresarios, pág. 428
  • a) La variedad empresaria, pág. 428
  • b) La concentración empresaria, pág. 430
  • c) Un ejemplo elocuente: Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, pág. 431
  • 4. Las empresas multinacionales. La lex mercatoria y el orden público interno, pág. 432
  • a) ¿La "concentración empresaria" y la "globalización" importan una ratificación de la responsabilidad por el riesgo de empresa?, pág. 432
  • b) ¿"Dejar hacer" o multiplicar controles para que se "haga bien"?, pág. 433
  • c) ¿Hacia dónde apunta la lex mercatoria?, pág. 434
  • 5. El control del Estado. Economía y capitalismo libres, pág. 434
  • a) El pretendido "control" de un Estado ausente, pág. 434
  • b) El descontrol de las empresas prestadoras de los servicios públicos, pág. 435
  • c) Los denominados "entes de contralor" y su actitud complaciente, pág. 436
  • 6. Estados débiles y empresas fuertes, pág. 438
  • a) Empresas fuertes y Estado débil, pág. 438
  • b) Los condicionamientos de las empresas al Estado, pág. 439
  • c) No es incompatible la economía de mercado con un Estado disminuido en sus funciones, pero firme en el contralor, pág. 440
  • 7. La prueba del daño en el CCC, pág. 440
  • CAPÍTULO XII - LA CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO ORIGINADO EN EL RIESGO DE EMPRESA
  • 1. Introducción, pág. 443
  • a) El porqué de incorporar un capítulo especial sobre la cuantificación del daño originado en el riesgo empresario, pág. 443
  • b) Las empresas con su quehacer productivo, en beneficio del desarrollo, motivaron a la doctrina en la búsqueda de "topes indemnizatorios", pág. 445
  • c) Las empresas han menester un seguro sobre la base de cálculos actuariales predecibles o seguros, pág. 447
  • 2. El artículo 19 de la Constitución Nacional. Las acciones privadas que perjudican a un tercero, pág. 449
  • 3. La "indemnización justa" del artículo 21 de la Convención sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, pág. 450
  • 4. El reconocimiento del "daño ambiental" en el artículo 41 de la Constitución Nacional, pág. 453
  • 5. El derecho a la protección de la salud, seguridad e intereses económicos del artículo 42 de la Constitución Nacional, pág. 465
  • 6. La cuantificación del daño por el legislador y la cuantificación por el juez natural, pág. 465
  • 7. Una indemnización que no cubre todo el daño, que no es plena o integral, no es una indemnización justa, pág. 468
  • 8. La limitación cuantitativa "en algunos casos de responsabilidad objetiva" (art. 1634, Proyecto de Reforma al Código Civil de 1998), pág. 470
  • 9. ¿Puede calificarse como justa una indemnización con base en una expropiación con tope legal?, pág. 473
  • 10. El principio de igualdad, para el tratamiento de las víctimas de daños injustos, y la discriminación del artículo 1634 del Proyecto del '98, pág. 477
  • 11. ¿Qué se busca con la limitación cuantitativa por obra del legislador?, pág. 479
  • 12. Las reglas del CCC, pág. 480
  • PARTE ESPECIAL
  • CAPÍTULO XIII - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA PERIODÍSTICA
  • 1. La empresa periodística como proveedora de un "producto elaborado", pág. 485
  • 2. La empresa periodística es una empresa, organización con fines de lucro. Profesionalidad y experiencia, pág. 493
  • 3. El destinatario de la "doctrina", información, crítica o mera noticia es un consumidor final, pág. 494
  • 4. La publicación de información contraria al honor o a la intimidad de las personas como actividad peligrosa. La real malicia, pág. 499
  • 5. La imputación objetiva a riesgo de empresa en el quehacer periodístico, pág. 515
  • 6. La protección de la vida privada en el CCC, pág. 518
  • CAPÍTULO XIV - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA DE EDUCACIÓN O ENSEÑANZA
  • 1. La enseñanza en manos de los particulares: las empresas de educación. Problemática, pág. 521
  • 2. Un tema poco frecuentado: la calidad de la enseñanza impartida por una empresa dedicada a ese quehacer, pág. 523
  • 3. Un tema más frecuente: el uso abusivo del "derecho de admisión". La discriminación, pág. 528
  • 4. Un clásico: la responsabilidad civil por daños causados por los alumnos, pág. 531
  • 5. La enseñanza "virtual" y la "mala praxis", pág. 537
  • 6. La jurisprudencia, pág. 538
  • CAPÍTULO XV - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE ALIMENTOS
  • 1. La relevancia de la provisión de alimentos al mercado. Noción de "alimento" y tipos o especies, pág. 543
  • 2. Los alimentos y la salud. La publicidad engañosa. La captación del consumidor. Los alimentos malsanos: el consumo normal y el excesivo, pág. 546
  • 3. La responsabilidad civil por los productos alimenticios, pág. 552
  • 4. Del productor o fabricante al minorista. La cadena en materia alimentaria. La información y la seguridad, pág. 555
  • 5. El rol del Estado en el control y vigilancia, pág. 556
  • 6. Líneas jurisprudenciales actuales, pág. 557
  • CAPÍTULO XVI - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
  • 1. La muy compleja problemática de los medicamentos o productos medicinales, pág. 561
  • 2. Los personajes comprometidos en tema de drogas, remedios o productos de la farmacia en general, pág. 564
  • 3. La responsabilidad del Estado. La del paciente por la automedicación, pág. 573
  • 4. Las cuestiones relacionadas. Los medicamentos y el pago de patente o royalty a la empresa extranjera titular de la fórmula, pág. 575
  • 5. La preocupación por la salud y la comercialización del producto, pág. 580
  • 6. La doctrina y jurisprudencia, pág. 581
  • CAPÍTULO XVII - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS VIALES. PEAJE
  • 1. La "privatización" de las rutas. Su colocación en manos de empresas. Origen, evolución y análisis del peaje, pág. 589
  • 2. El Estado y las empresas concesionarias. Los usuarios y las empresas concesionarias, pág. 594
  • 3. Un debate que juzgamos "antiguo" y superado: la naturaleza jurídica de la relación entre el concesionario y el usuario, pág. 596
  • 4. Las facultades y deberes del concesionario de "corredores viales". El deber de seguridad, pág. 601
  • 5. La responsabilidad civil por daños sufridos por el usuario en las rutas privatizadas. Tesis amplia y tesis restrictiva, pág. 604
  • 6. La evolución jurisprudencial, pág. 606
  • 7. Incidencia del CCC y de la ley 26.944, pág. 616
  • CAPÍTULO XVIII - RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS (BANCOS)
  • 1. ¿Es la empresa financiera una empresa proveedora de servicios? ¿Son los clientes "consumidores" tutelados por la ley 24.240?, pág. 617
  • 2. Los casos más frecuentes de responsabilidad bancaria, pág. 625
  • 3. La cuestión del dinero plástico o de las tarjetas de crédito. Problemática y responsabilidad, pág. 631
  • 4. El tema de las "cajas de seguridad". La responsabilidad emergente de su vaciamiento por terceros, pág. 638
  • 5. La responsabilidad del Estado por la omisión en el control y vigilancia de las entidades financieras. La inacción del Banco Central, pág. 641
  • 6. La responsabilidad de los bancos en el CCC, pág. 642
  • Bibliografía, pág. 643

Responsabilidad por daños tomo IX. Responsabilidad de la empresa. AUTOR: Mosset Iturraspe, Jorge

Responsabilidad por daños tomo IX. Responsabilidad de la empresa. AUTOR: Mosset Iturraspe, Jorge
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PÁGINAS: 696 | EDICIÓN:   
MATERIA: Daños
PUBLICADO: Marzo 2017
ISBN: 978-987-30-0751-4
REFERENCIA: 2092

Parte general: La empresa en el Código Civil y Comercial. Del riesgo creado al riesgo de empresa. La empresa como causante de daños. La preocupación por los costos empresarios. Las vías elegidas para un Derecho de Daños ajustado a las pretensiones de la empresa. Falsas eximentes en la responsabilidad de la empresa. Características sobresalientes del quehacer empresario. Daños originados en la acción u omisión de los dependientes de la empresa. La responsabilidad de la empresa y los ámbitos de responsabilidad contractual y extracontractual. La prevención del daño empresario. La relación de causalidad empresaria. La prueba del daño empresario. La cuantificación del daño originado en el riesgo de empresa. Parte especial: La responsabilidad de la empresa periodística, de educación o enseñanza, de alimentos, de productos farmacéuticos, viales, de peaje, de servicios financieros (bancos).

 

  • PARTE GENERAL
  • CAPÍTULO INTRODUCTORIO - LA EMPRESA EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
  • 1. Introducción. Título Preliminar y su incidencia en las relaciones de empresa, pág. 17
  • 2. La persona humana y sus derechos como límite a la actividad empresarial, pág. 20
  • 3. El menor empresario, pág. 21
  • 4. Tutela y actividad empresarial, pág. 22
  • 5. Personas jurídicas, responsabilidad y actividad empresarial, pág. 23
  • 6. Los límites en relación con los bienes que pueden ser objeto de la actividad empresarial, pág. 27
  • 7. Lo electrónico en el mundo empresarial, pág. 30
  • 8. La empresa, el empresario y sus obligaciones de contabilidad, pág. 31
  • 9. La representación, pág. 38
  • 10. Relaciones de familia y actividad mercantil, pág. 42
  • 11. La buena fe y los negocios, pág. 43
  • 12. La acción directa, pág. 44
  • 13. Las obligaciones de dar dinero, pág. 45
  • 14. Cláusula penal y sanciones conminatorias, pág. 48
  • 15. Rendición de cuentas, pág. 48
  • 16. Contrato y derecho de propiedad, pág. 50
  • 17. Contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas, pág. 51
  • 18. Las tratativas contractuales, pág. 52
  • 19. Contratos de larga duración, pág. 52
  • 20. Suspensión del cumplimiento y tutela preventiva, pág. 54
  • 21. Contratos conexos, pág. 54
  • 22. Frustración del fin e imprevisión, pág. 55
  • 23. Contratos de consumo, pág. 56
  • 24. Compraventa, pág. 65
  • 25. Suministro, pág. 66
  • 26. Locación, pág. 66
  • 27. Leasing, pág. 68
  • 28. Obra y servicios, pág. 71
  • 29. Transporte, pág. 76
  • 30. Consignación, pág. 79
  • 31. Corretaje, pág. 80
  • 32. Depósitos necesarios, pág. 82
  • 33. Contratos bancarios, pág. 84
  • 34. Factoraje, pág. 91
  • 35. Contratos de bolsa o mercados, pág. 92
  • 36. Contratos asociativos, pág. 92
  • 37. Agencia, pág. 96
  • 38. Concesión, pág. 102
  • 39. Franquicia, pág. 103
  • 40. Arbitraje, pág. 107
  • 41. Fideicomiso, pág. 110
  • 42. Gestión de negocios, pág. 112
  • 43. Garantías unilaterales, pág. 114
  • 44. Títulos valores, pág. 115
  • 45. Conjuntos inmobiliarios, pág. 117
  • 46. Tiempo compartido, pág. 118
  • 47. Cementerios privados, pág. 119
  • 48. Indivisión por sucesión, pág. 120
  • 49. Derecho Internacional Privado, pág. 122
  • 50. Responsabilidad, pág. 122
  • 51. Prescripción, pág. 124
  • CAPÍTULO I - DEL RIESGO CREADO AL RIESGO DE EMPRESA
  • 1. El riesgo como factor de atribución del daño injusto, pág. 125
  • a) El riesgo como factor objetivo de imputación, pág. 125
  • b) Prescinde del debate sobre "culpabilidad", pág. 128
  • c) No es "una física de las acciones humanas", pág. 129
  • 2. Su vigencia fuerte en ámbitos residuales: 1960-1980, pág. 131
  • a) Los avances de la imputación objetiva, pág. 131
  • b) La culpa en el centro y el riesgo en la periferia o sectores residuales, pág. 133
  • c) De la "igualación" al retroceso, pág. 134
  • 3. La "descodificación" de la responsabilidad por daños, pág. 135
  • a) La "descodificación" clásica o tradicional, pág. 135
  • b) La "descodificación" reciente, pág. 136
  • c) El tema frente al nuevo Código Civil y Comercial, pág. 138
  • 4. La trilogía que se abre camino, pág. 138
  • a) El porqué de la cuantificación con tope cuando media "seguro obligatorio", pág. 138
  • b) La cuantificación legal con tope, sin seguro obligatorio, sólo para la imputación objetiva, pág. 141
  • c) La falta de derecho a prevalerse de la limitación. Vuelve el debate sobre la culpa, pág. 142
  • 5. Del riesgo creado al riesgo provecho, pág. 143
  • a) La situación en Brasil. El "riesgo" en la doctrina autoral y judicial argentina. La mera creación de riesgos, pág. 143
  • b) Las cosas y el riesgo en la doctrina argentina, pág. 145
  • c) Del riesgo sin provecho al "riesgo provecho", pág. 147
  • 6. Del riesgo provecho al riesgo de empresa, pág. 149
  • a) El ejercicio de una actividad peligrosa (art. 2054, inc. 1° del Cód. Civ. italiano), pág. 149
  • b) El "riesgo de empresa", pág. 152
  • c) Los cinco ámbitos del riesgo de empresa, pág. 153
  • CAPÍTULO II - LA EMPRESA COMO CAUSANTE DE DAÑOS
  • 1. La transformación de los años '80 en Europa y '90 en América Latina y el contexto actual, pág. 157
  • a) Del empresario a la empresa, pág. 157
  • b) El concepto económico, pág. 160
  • c) El capitalismo, antes y después de la caída del Muro de Berlín, pág. 162
  • 2. Los avances de la economía de mercado. La sociedad civil embestida por el mercado. El Código Civil y Comercial, pág. 165
  • a) El "Derecho de las empresas" y el "Derecho del consumidor". ¿Coincidencias o discrepancias?, pág. 1645
  • b) Las preocupaciones centrales de la sociedad civil, pág. 167
  • c) Las preocupaciones del mercado, pág. 168
  • 3. Las empresas en el centro del escenario. La producción de riquezas, el desarrollo. La profesionalidad, pág. 170
  • a) Contratos útiles y justos llevan a negocios equilibrados. La libre iniciativa, pág. 170
  • b) La reparación del daño injusto hace a la seguridad y a la felicidad, pág. 171
  • c) Por qué las empresas ocupan el "centro del escenario", pág. 173
  • 4. La contracara del quehacer empresario: los perjuicios, pág. 175
  • a) Beneficios vs. perjuicios. Construcción vs. destrucción, pág. 175
  • b) Los daños más frecuentes originados en el quehacer empresario. "Glosario" de la interpretación económica, pág. 177
  • c) Daños en la producción. Daños en la distribución. Daños en la comercialización, pág. 180
  • d) La responsabilidad empresarial en el Código. Pautas, pág. 182
  • 5. La cuádruple relación empresaria, pág. 182
  • a) Empresa y Estado, pág. 182
  • b) La ley 26.944, pág. 183
  • c) Empresa y ambiente, pág. 183
  • d) La ley 25.675 y los límites del CCC, pág. 184
  • e) Empresa y dependientes. Empresa y usuario o consumidor, pág. 185
  • 6. La preocupación social por la ecuación costos-beneficios en la actividad empresaria, pág. 186
  • a) La preocupación por "las ganancias" de las empresas no es un tema particular sino "social", pág. 186
  • b) La máxima producción de riquezas y la óptima asignación de recursos como objetivos económicos y jurídicos, pág. 187
  • c) Las vías para la consecución de estos objetivos deseables, según la IED, pág. 188
  • CAPÍTULO III - LA PREOCUPACIÓN POR LOS COSTOS EMPRESARIOS, pág. 189
  • 1. La responsabilidad empresaria en una economía de mercado. La empresa hoy. La globalización, pág. 190
  • a) Las dificultades de una empresa, cualquiera sea, en orden a la dañosidad, pág. 190
  • b) El CCC y la función preventiva de la responsabilidad civil, pág. 191
  • c) La responsabilidad de los establecimientos educativos en el CCC, pág. 192
  • d) La necesidad de competir con precios bajos y buena calidad, pág. 192
  • e) Acuerdos privados. Costos de transacción. Internalizar las externalidades, pág. 193
  • 2. Desarrollo y responsabilidad. Del denominado "pensamiento antiguo" de corte ideológico al "pensamiento nuevo" de corte realista, pág. 194
  • a) ¿Por qué insistimos en esta obra en el análisis económico del Derecho? Desarrollo y responsabilidad, pág. 194
  • b) El cambio de pensamiento en la doctrina argentina. El pragmatismo o realismo y el Proyecto de Reforma al Código Civil de 1998, pág. 196
  • c) ¿Quién está en la Argentina de hoy en mejores condiciones para pagar la indemnización por daños?, pág. 198
  • d) Pautas en el CCC, pág. 200
  • 3. Responsabilidad y costo de producción. La conducta egoísta, pág. 200
  • a) La instrumentalidad del Derecho. El AED como teoría de la conducta del individuo ante las normas jurídicas, pág. 200
  • b) El homo oeconomicus y la teoría de la acción racional económica, pág. 201
  • c) La persona humana: interesada y egoísta. El afán de maximizar su propio bienestar. El concepto de "coste de oportunidad", pág. 202
  • 4. La "simpatía" por las víctimas en tensión con la nueva "simpatía", ahora por las empresas, pág. 203
  • a) La tendencia de los recursos a gravitar en torno a su uso más valioso, pág. 203
  • b) Indemnizar a las víctimas puede no ser el uso más valioso de los recursos, pág. 205
  • c) La "simpatía" emocional por las víctimas debe dejar paso a otra "simpatía", económica, hacia la empresa-dañadora, pág. 206
  • 5. La denominada "socialización del daño empresario", pág. 207
  • a) ¿Qué viene a ser "socializar" el daño empresario?, pág. 207
  • b) ¿Por qué no paga íntegramente el dañador?, pág. 209
  • c) ¿Por qué la víctima debe soportar parte del perjuicio?, pág. 210
  • 6. La "interpretación económica del Derecho", pág. 210
  • a) Los "materialismos" aborrecen del Derecho y sólo atienden a la Economía, pág. 210
  • b) Ni Marx ni Reagan creían en el Derecho, en los jueces o en los abogados, pág. 212
  • c) El mercado se identifica con las empresas, no con los usuarios o consumidores, pág. 214
  • CAPÍTULO IV - LAS VÍAS ELEGIDAS PARA UN DERECHO DE DAÑOS AJUSTADO A LAS PRETENSIONES DE LA EMPRESA
  • 1. La empresa no teme la responsabilidad con base en la culpabilidad, pág. 217
  • a) Sin temor no hay disuasión, pág. 217
  • b) La culpa, como factor de atribución, no despierta el temor empresario, pág. 220
  • c) La responsabilidad con base objetiva es eficiente a la hora de disuadir, pág. 222
  • 2. La empresa teme una responsabilidad con base en un factor objetivo de atribución: el riesgo de empresa, pág. 223
  • a) Otra vez sobre el riesgo de empresa. Riesgos de desarrollo, pág. 223
  • b) El riesgo de la empresa fabricante. La vigilancia del producto, pág. 225
  • c) El riesgo de la empresa distribuidora y del comerciante, pág. 227
  • 3. La ubicación del "riesgo de empresa" fuera del Código Civil y Comercial o en situaciones tipificadas dentro del mismo, pág. 230
  • a) "Riesgo de empresa" y "riesgo de desarrollo". El sinsentido de una liberación, pág. 230
  • b) La responsabilidad de los intermediarios. El mantenimiento de la responsabilidad solidaria imperfecta, pág. 233
  • 4. La empresa rechaza el seguro obligatorio por daños y busca mantener el seguro voluntario, pág. 234
  • a) Los beneficios del seguro. Su coste, pág. 234
  • b) Seguro voluntario o seguro forzoso. La contratación razonable, pág. 235
  • c) Las vicisitudes del seguro. La indemnización a disposición de la víctima, pág. 237
  • 5. La empresa pretende mantener los principios tradicionales sobre la "carga de la prueba", pág. 237
  • a) Demostrar o perecer en el intento, pág. 237
  • b) Las probanzas pendientes en la imputación objetiva, a riesgo de empresa, pág. 238
  • c) La distribución justa de las cargas probatorias. Cargas dinámicas, pág. 239
  • 6. La cuantificación legal de la indemnización, pág. 240
  • a) La Constitución Nacional impone, en materia de compensación por la pérdida de la propiedad, una indemnización justa, pág. 240
  • b) La Constitución y los tratados imponen un tratamiento igualitario, en situaciones similares, y una reparación integral, pág. 241
  • c) El único camino, justo y equitativo, es el de la determinación judicial. La legal, con topes, es arbitraria y caprichosa, pág. 241
  • CAPÍTULO V - FALSAS EXIMENTES EN LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA
  • 1. La "autorización para funcionar" como excluyente de toda responsabilidad. Controles y auditorías, pág. 243
  • a) La presencia del Estado en la actividad empresaria. La autorización para funcionar, pág. 243
  • b) La "autorización" no es "para dañar", sino para una gestión constructiva, pág. 245
  • c) La "autorización" no deja de lado auditorías y controles, pág. 247
  • 2. Los denominados "riesgos del desarrollo", pág. 248
  • a) Riesgos de dañosidad vs. riesgos del desarrollo, pág. 248
  • b) Otra vez se antepone un supuesto "interés general", pág. 248
  • c) La confusión entre el afán empresario de lucros y los progresos de la ciencia o de la técnica, pág. 249
  • 3. El "anonimato" en la causación: en la autoría o en la relación de causalidad, pág. 251
  • a) El porqué del "anonimato" en la actuación de la empresa, pág. 251
  • b) La pluralidad de "supuestos desconocimientos", pág. 252
  • c) El anonimato en la "zona de influencia". Ignorar lo que se debe saber, pág. 254
  • 4. El hecho de tercero extraño y el fenómeno de la "tercerización empresaria". El traslado de los riesgos, pág. 255
  • a) La intervención de un "tercero" en la producción del daño. La situación de la víctima, pág. 255
  • b) La "tercerización" o colocación de actividades en manos de terceros, reales o simulados, como camino a la no responsabilidad, pág. 257
  • c) Empresas que son "tercero", empresas que son "segundo". La autonomía empresaria, pág. 258
  • d) Dependencia, conexidad y otras normas del CCC, pág. 260
  • 5. El hecho de la víctima. Su descuido o negligencia, pág. 261
  • a) Víctimas inocentes y no inocentes, pág. 261
  • b) La "voluntad" de dañarse a sí mismo. Daños conscientes e inconscientes, pág. 262
  • c) El hecho de la víctima y la asunción de riesgos, pág. 265
  • d) Un caso muy actual: adicción o vicio. El tema de la prescripción del daño, pág. 266
  • 6. El caso fortuito en el quehacer de la empresa. Hechos internos y externos, pág. 272
  • a) Caso fortuito y riesgo de empresa, pág. 272
  • b) Son casos fortuitos, en el obrar empresario, los hechos ajenos a la zona de influencia, pág. 273
  • c) ¿Puede la empresa disponer unilateralmente la creación de casus? Los pactos sobre imprevisibilidad, pág. 273
  • d) El caso fortuito en el CCC, pág. 274
  • CAPÍTULO VI - CARACTERÍSTICAS SOBRESALIENTES DEL QUEHACER EMPRESARIO
  • 1. La empresa es un ente organizado que cuenta con asesoramiento técnico, económico y jurídico. El "sistema experto", pág. 277
  • a) La empresa como "sistema experto". Las consecuencias en orden a su actuación. Derecho Comparado, pág. 277
  • b) La empresa como entidad "organizada", profesional y de lucro, pág. 283
  • c) La empresa y su asesoramiento técnico. Las ventajas. Relaciones empresarias, pág. 284
  • 2. La empresa calcula beneficios y ventajas, por un lado, y costos y perjuicios, por el otro, pág. 284
  • a) Beneficios de la "producción" y costos de la "destrucción", pág. 284
  • b) Prevención: sí o no. Sus costos, pág. 286
  • c) "Vender es garantizar". Las seguridades implícitas, pág. 289
  • 3. La empresa es creadora de riesgos, pág. 291
  • a) La organización empresaria y las dificultades del control, pág. 291
  • b) El recurso a mano de obra asalariada. Los empleados de la empresa, pág. 292
  • c) La explicación sobre los "riesgos" empresarios, pág. 293
  • 4. La generación de confianza como causa de atribución. La oferta como apariencia, pág. 294
  • a) El consumidor no trata "con la empresa sino con sus dependientes". La confianza en quien "la representa", pág. 294
  • b) Los auxiliares en el cumplimiento y la apariencia, pág. 296
  • c) El "control interno" y el "control externo". La publicidad, pág. 296
  • 5. La empresa, en las relaciones de consumo, enfrenta a una persona vulnerable: el consumidor, pág. 299
  • a) El consumidor como "hombre aislado". Un país individualista, pág. 299
  • b) Las asociaciones de consumidores. Su razón de ser. ¿Favor o disfavor oficial?, pág. 300
  • c) Prospectiva, pág. 300
  • 6. Las relaciones interempresarias: la gran empresa en sus relaciones con la mediana y pequeña empresa, pág. 303
  • a) La mediana y pequeña empresa. La "Cenicienta" de la hora actual, pág. 303
  • b) La mediana y pequeña empresa es abusada por la gran empresa, nacional o transnacional, pág. 304
  • c) Las dificultades del tema. El tratamiento igualitario a todas las empresas. La "dependencia" de las pequeñas empresas, pág. 304
  • CAPÍTULO VII - DAÑOS ORIGINADOS EN LA ACCIÓN U OMISIÓN DE LOS DEPENDIENTES DE LA EMPRESA
  • 1. La responsabilidad del principal, empresa, por el hecho del dependiente es objetiva, pág. 305
  • a) El personal de la empresa. Los "recursos humanos". Directivos y dependientes, pág. 305
  • b) Las dificultades técnico-jurídicas. El absurdo del "contrato a favor de tercero", pág. 308
  • c) El triunfo de la sensatez. Los auxiliares en el quehacer empresario, pág. 310
  • d) El hecho del dependiente y la conexidad contractual. El caso de daño, pág. 311
  • 2. Responsabilidad de la empresa por una actividad concreta y determinada de un dependiente específico, pág. 314
  • a) Culpa del dependiente y riesgo de la empresa principal, pág. 314
  • b) El porqué de la insistencia en la culpa del auxiliar. El riesgo considerado extraño al encargo, pág. 316
  • c) Negligencias y riesgos en la labor del auxiliar, pág. 317
  • 3. Daño causado por omisión o por un hecho indeterminado del grupo de personas que trabaja para la empresa, pág. 318
  • a) La acción y la omisión de los auxiliares, pág. 318
  • b) Auxiliares conocidos y auxiliares desconocidos, pág. 319
  • c) El criterio de juzgamiento a favor del débil o del consumidor, pág. 320
  • 4. Situaciones de dependencia evidente y de dependencia dudosa o disimulada, pág. 321
  • a) La condición de "auxiliar" puede existir de modo evidente o no, pág. 321
  • b) El "auxiliar disimulado" con la apariencia de autonomía, pág. 322
  • c) Los caminos para desentrañar la verdad en orden a la dependencia, pág. 323
  • 5. Responsabilidad de la empresa por daños causados por empresas dependientes, pág. 325
  • a) La dependencia empresaria: nuevo rostro de la dependencia personal, pág. 325
  • b) Los casos de colaboración empresaria, pág. 326
  • CAPÍTULO VIII - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA Y LOS ÁMBITOS DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL
  • 1. La visión clásica, pág. 327
  • a) Un tema clásico: los ámbitos de la responsabilidad civil, pág. 327
  • b) Dos situaciones distintas: un deudor que no paga vs. un agente dañador, pág. 329
  • c) El debate sobre la "unificación", pág. 331
  • d) El CCC unificó los ámbitos, pág. 332
  • 2. La visión actual, pág. 332
  • a) Los "dañadores" suelen ser "fuertes" y los "dañados", "débiles", pág. 332
  • b) Esta "debilidad" unida al perjuicio es común en las órbitas contractual y extracontractual, pág. 334
  • c) La unificación "favorece" a las víctimas y "perjudica" a los victimarios, pág. 335
  • 3. La empresa que ingresa al mercado, pág. 336
  • a) La imposibilidad de tutelar al consumidor sólo desde lo contractual, pág. 336
  • b) Los "negocios" orientados al consumo sustituyen a los "contratos de consumo". La conexidad, pág. 339
  • c) La solución ejemplar: el artículo 40 de la ley 24.240, pág. 340
  • d) Los casos de consumo, pág. 341
  • 4. La responsabilidad en mano común o indistinta, solidaridad imperfecta, de todos los intervinientes, pág. 341
  • a) El porqué de la solidaridad de todas las empresas intervinientes en el proceso de producción y comercialización, pág. 341
  • b) El porqué de la responsabilidad del "productor", pág. 343
  • c) La solidaridad de los restantes personajes de la cadena, pág. 344
  • d) Los contratos asociativos, pág. 345
  • 5. La víctima puede ser o no el adquirente, pág. 346
  • a) La víctima puede ser el adquirente del producto o del servicio o quien, por alguna razón, se "aprovechó" del mismo, pág. 346
  • b) La ampliación de los legitimados activos, titulares de una acción resarcitoria, pág. 348
  • c) La acción indemnizatoria expedita. Su "consolidación" en el Código, pág. 349
  • 6. Los daños reclamables. La prescripción, pág. 350
  • a) Los daños reclamables, pág. 350
  • b) La tesis reduccionista, pág. 352
  • c) La reparación integral. La prescripción aplicable, pág. 352
  • d) Plenitud, integralidad, prescripción y punición, pág. 353
  • CAPÍTULO IX - LA PREVENCIÓN DEL DAÑO EMPRESARIO
  • 1. La obligación de seguridad o deber de garantía. El "contrato normal". La satisfacción de "expectativas legítimas", pág. 355
  • a) Bienes o servicios seguros: libre de todo peligro, riesgo o daño, pág. 356
  • b) El deber de seguridad en la vida de relación y en los acuerdos, pág. 357
  • c) La expectativa de un "contrato normal", de una negociación confiable, pág. 360
  • d) Asunción de riesgos, pág. 361
  • 2. El control en el proceso de producción, pág. 362
  • a) Los controles del productor o fabricante, pág. 362
  • b) El producto o el servicio no puede salir al mercado con fallas, defectos o riesgos, pág. 364
  • c) Como regla, ante un producto dañoso, debe presumirse la responsabilidad de quien lo incorpora o lanza, pág. 365
  • 3. Las verificaciones posibles en el proceso de circulación o intermediación, pág. 366
  • a) El consumidor frente a la "circulación" del producto, pág. 366
  • b) Vicios, pág. 368
  • c) El consumidor ante el distribuidor y el mayorista, pág. 370
  • d) El consumidor frente al "almacenero" o la farmacia, pág. 371
  • 4. Los "avisos" destinados al consumidor. La información, pág. 371
  • a) La información: tema clave en la tutela del consumidor, pág. 371
  • b) Información, pág. 373
  • c) Diferencias con la publicidad y el marketing, pág. 374
  • d) Publicidad, pág. 375
  • e) Información en las distintas etapas de la comercialización: precontractual y poscontractual, pág. 375
  • 5. La incorporación al mercado de "productos" insuficientemente probados o de mala calidad, pág. 377
  • a) Productos de inferior calidad. Su incorporación al mercado, pág. 377
  • b) Productos "experimentales" o no suficientemente probados, pág. 379
  • c) Bienes o servicios de mala calidad. Las garantías, pág. 380
  • 6. Bienes o servicios de alto riesgo o elevada peligrosidad. Cuantificación legal y disuasión del daño, pág. 381
  • a) El deber empresario de evitar causar un daño y el riesgo empresario, pág. 381
  • b) El deber de adoptar las medidas razonables para no dañar y la incorporación al mercado de productos o servicios peligrosos. Daños punitivos, pág. 382
  • c) La discusión sobre la sanción pecuniaria disuasiva, pág. 383
  • d) Las circunstancias del caso y la gravedad de los riesgos y de los peligros, pág. 388
  • CAPÍTULO X - LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD EMPRESARIA
  • 1. La causalidad conocida. La empresa causante única, pág. 391
  • a) La relación de causalidad entre el riesgo de empresa y el daño, pág. 391
  • b) Las dificultades que encierra el presupuesto "causalidad adecuada", pág. 394
  • c) De la causalidad "próxima" a la "causalidad remota", pág. 397
  • 2. La concurrencia causal de varias empresas. Indeterminación del porcentaje, pág. 398
  • a) Del hecho de una única empresa al hecho de empresas plurales, pág. 398
  • b) De la participación igualitaria a la participación en diversa medida, pág. 400
  • c) De la causa conocida a la causa ignorada, pág. 401
  • 3. Causalidad demostrada y causalidad posible. La presunción de causalidad, pág. 402
  • a) La distinción entre posibilidad y probabilidad en materia de relación causal, pág. 402
  • b) La "teoría de la condición peligrosa", pág. 404
  • c) La teoría de la proporcionalidad, pág. 405
  • 4. Actividad de la empresa concurrente con un hecho de la naturaleza, pág. 406
  • a) Las interferencias en la relación de causalidad, pág. 406
  • b) Caso fortuito sí o caso fortuito no. El debate acerca de su rol en la responsabilidad objetiva, pág. 408
  • c) Los extremos para que el casus sea una "causa sobreviniente" con efectos dañosos propios, pág. 409
  • 5. Actividad de la empresa concurrente con un hecho de la víctima, pág. 410
  • a) La empresa dañadora y el consumidor víctima. La importancia de la conducta de la víctima, pág. 410
  • b) Víctima que, con su actitud, posibilita el daño. Hecho concurrente, pág. 411
  • c) El deber de la víctima de evitar el "aumento" del perjuicio. El deber de "disminuir su magnitud", pág. 412
  • 6. Actividad de la empresa concurrente con hechos de terceros extraños. Hechos u omisiones del Estado, pág. 414
  • a) Los hechos de "terceros extraños" pueden interrumpir el curso causal regular o normal, pág. 414
  • b) La inexplicable negativa a admitir la interrupción en la responsabilidad objetiva, pág. 414
  • c) El Estado como "tercero", coadyuvante o excluyente, en su actuar sobreviniente, pág. 415
  • 7. La causalidad en el CCC, pág. 416
  • CAPÍTULO XI - LA PRUEBA DEL DAÑO EMPRESARIO
  • 1. La carga probatoria clásica y la distribución probatoria, pág. 419
  • a) La carga probatoria desde un enfoque clásico o tradicional. La prueba a cargo de la víctima, pág. 419
  • b) La carga de la prueba desde un enfoque actual. La inversión de la carga, pág. 421
  • c) La carga probatoria del riesgo de empresa y la responsabilidad consiguiente, pág. 423
  • 2. La carga probatoria en el Derecho Comunitario europeo sobre productos elaborados, pág. 425
  • a) Derecho Comparado, pág. 425
  • b) El Derecho de la Comunidad Europea en materia de prueba de daños por productos elaborados, pág. 426
  • c) La tendencia observable. Avances y retrocesos, pág. 427
  • 3. Los distintos tipos de empresas y los diferentes quehaceres empresarios, pág. 428
  • a) La variedad empresaria, pág. 428
  • b) La concentración empresaria, pág. 430
  • c) Un ejemplo elocuente: Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, pág. 431
  • 4. Las empresas multinacionales. La lex mercatoria y el orden público interno, pág. 432
  • a) ¿La "concentración empresaria" y la "globalización" importan una ratificación de la responsabilidad por el riesgo de empresa?, pág. 432
  • b) ¿"Dejar hacer" o multiplicar controles para que se "haga bien"?, pág. 433
  • c) ¿Hacia dónde apunta la lex mercatoria?, pág. 434
  • 5. El control del Estado. Economía y capitalismo libres, pág. 434
  • a) El pretendido "control" de un Estado ausente, pág. 434
  • b) El descontrol de las empresas prestadoras de los servicios públicos, pág. 435
  • c) Los denominados "entes de contralor" y su actitud complaciente, pág. 436
  • 6. Estados débiles y empresas fuertes, pág. 438
  • a) Empresas fuertes y Estado débil, pág. 438
  • b) Los condicionamientos de las empresas al Estado, pág. 439
  • c) No es incompatible la economía de mercado con un Estado disminuido en sus funciones, pero firme en el contralor, pág. 440
  • 7. La prueba del daño en el CCC, pág. 440
  • CAPÍTULO XII - LA CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO ORIGINADO EN EL RIESGO DE EMPRESA
  • 1. Introducción, pág. 443
  • a) El porqué de incorporar un capítulo especial sobre la cuantificación del daño originado en el riesgo empresario, pág. 443
  • b) Las empresas con su quehacer productivo, en beneficio del desarrollo, motivaron a la doctrina en la búsqueda de "topes indemnizatorios", pág. 445
  • c) Las empresas han menester un seguro sobre la base de cálculos actuariales predecibles o seguros, pág. 447
  • 2. El artículo 19 de la Constitución Nacional. Las acciones privadas que perjudican a un tercero, pág. 449
  • 3. La "indemnización justa" del artículo 21 de la Convención sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, pág. 450
  • 4. El reconocimiento del "daño ambiental" en el artículo 41 de la Constitución Nacional, pág. 453
  • 5. El derecho a la protección de la salud, seguridad e intereses económicos del artículo 42 de la Constitución Nacional, pág. 465
  • 6. La cuantificación del daño por el legislador y la cuantificación por el juez natural, pág. 465
  • 7. Una indemnización que no cubre todo el daño, que no es plena o integral, no es una indemnización justa, pág. 468
  • 8. La limitación cuantitativa "en algunos casos de responsabilidad objetiva" (art. 1634, Proyecto de Reforma al Código Civil de 1998), pág. 470
  • 9. ¿Puede calificarse como justa una indemnización con base en una expropiación con tope legal?, pág. 473
  • 10. El principio de igualdad, para el tratamiento de las víctimas de daños injustos, y la discriminación del artículo 1634 del Proyecto del '98, pág. 477
  • 11. ¿Qué se busca con la limitación cuantitativa por obra del legislador?, pág. 479
  • 12. Las reglas del CCC, pág. 480
  • PARTE ESPECIAL
  • CAPÍTULO XIII - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA PERIODÍSTICA
  • 1. La empresa periodística como proveedora de un "producto elaborado", pág. 485
  • 2. La empresa periodística es una empresa, organización con fines de lucro. Profesionalidad y experiencia, pág. 493
  • 3. El destinatario de la "doctrina", información, crítica o mera noticia es un consumidor final, pág. 494
  • 4. La publicación de información contraria al honor o a la intimidad de las personas como actividad peligrosa. La real malicia, pág. 499
  • 5. La imputación objetiva a riesgo de empresa en el quehacer periodístico, pág. 515
  • 6. La protección de la vida privada en el CCC, pág. 518
  • CAPÍTULO XIV - LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA DE EDUCACIÓN O ENSEÑANZA
  • 1. La enseñanza en manos de los particulares: las empresas de educación. Problemática, pág. 521
  • 2. Un tema poco frecuentado: la calidad de la enseñanza impartida por una empresa dedicada a ese quehacer, pág. 523
  • 3. Un tema más frecuente: el uso abusivo del "derecho de admisión". La discriminación, pág. 528
  • 4. Un clásico: la responsabilidad civil por daños causados por los alumnos, pág. 531
  • 5. La enseñanza "virtual" y la "mala praxis", pág. 537
  • 6. La jurisprudencia, pág. 538
  • CAPÍTULO XV - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE ALIMENTOS
  • 1. La relevancia de la provisión de alimentos al mercado. Noción de "alimento" y tipos o especies, pág. 543
  • 2. Los alimentos y la salud. La publicidad engañosa. La captación del consumidor. Los alimentos malsanos: el consumo normal y el excesivo, pág. 546
  • 3. La responsabilidad civil por los productos alimenticios, pág. 552
  • 4. Del productor o fabricante al minorista. La cadena en materia alimentaria. La información y la seguridad, pág. 555
  • 5. El rol del Estado en el control y vigilancia, pág. 556
  • 6. Líneas jurisprudenciales actuales, pág. 557
  • CAPÍTULO XVI - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
  • 1. La muy compleja problemática de los medicamentos o productos medicinales, pág. 561
  • 2. Los personajes comprometidos en tema de drogas, remedios o productos de la farmacia en general, pág. 564
  • 3. La responsabilidad del Estado. La del paciente por la automedicación, pág. 573
  • 4. Las cuestiones relacionadas. Los medicamentos y el pago de patente o royalty a la empresa extranjera titular de la fórmula, pág. 575
  • 5. La preocupación por la salud y la comercialización del producto, pág. 580
  • 6. La doctrina y jurisprudencia, pág. 581
  • CAPÍTULO XVII - LA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS VIALES. PEAJE
  • 1. La "privatización" de las rutas. Su colocación en manos de empresas. Origen, evolución y análisis del peaje, pág. 589
  • 2. El Estado y las empresas concesionarias. Los usuarios y las empresas concesionarias, pág. 594
  • 3. Un debate que juzgamos "antiguo" y superado: la naturaleza jurídica de la relación entre el concesionario y el usuario, pág. 596
  • 4. Las facultades y deberes del concesionario de "corredores viales". El deber de seguridad, pág. 601
  • 5. La responsabilidad civil por daños sufridos por el usuario en las rutas privatizadas. Tesis amplia y tesis restrictiva, pág. 604
  • 6. La evolución jurisprudencial, pág. 606
  • 7. Incidencia del CCC y de la ley 26.944, pág. 616
  • CAPÍTULO XVIII - RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS (BANCOS)
  • 1. ¿Es la empresa financiera una empresa proveedora de servicios? ¿Son los clientes "consumidores" tutelados por la ley 24.240?, pág. 617
  • 2. Los casos más frecuentes de responsabilidad bancaria, pág. 625
  • 3. La cuestión del dinero plástico o de las tarjetas de crédito. Problemática y responsabilidad, pág. 631
  • 4. El tema de las "cajas de seguridad". La responsabilidad emergente de su vaciamiento por terceros, pág. 638
  • 5. La responsabilidad del Estado por la omisión en el control y vigilancia de las entidades financieras. La inacción del Banco Central, pág. 641
  • 6. La responsabilidad de los bancos en el CCC, pág. 642
  • Bibliografía, pág. 643