REFERENCIA: 2258
- Art. 1° - Objeto y alcance, pág. 17
- 1. Introducción, pág. 19
- 2. ¿Qué objetivos persigue la OCDE?, pág. 21
- 3. La cuestión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, pág. 22
- 4. Hacia un cambio de mirada, pág. 28
- 5. Una visión diferente en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, pág. 29
- 6. La responsabilidad penal de las personas jurídicas bajo la ley argentina, pág. 32
- 7. Alguna mirada sobre el Derecho Comparado, pág. 44
- 8. La visión de la Corte Suprema en esta materia, pág. 52
- 9. La innovación que trajo -en su momento- el artículo 304 del Código Penal y el mensaje legislativo, pág. 54
- 10. La aparición de una discutible iniciativa legislativa en el año 2016, pág. 58
- 11. La Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las personas jurídicas privadas frente a la comisión de ciertos y determinados delitos, pág. 61
- 12. Introducción al régimen de las personas jurídicas en el Derecho argentino, pág. 63
- 12.1. El principio de especialidad, pág. 63
- 12.2. Comienzo de la existencia de la persona jurídica, pág. 65
- 12.3. Personalidad diferenciada, pág. 66
- 12.4. Separación patrimonial, pág. 67
- 12.5. Inoponibilidad de la personalidad jurídica, pág. 68
- 12.6. Clasificación de las personas jurídicas, pág. 70
- 12.7. Las personas jurídicas públicas, pág. 70
- 12.7.1. El Estado nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, las entidades autárquicas y las demás organizaciones constituidas en la República a las que el ordenamiento jurídico atribuya ese carácter, pág. 71
- 12.7.2. Los Estados extranjeros, las organizaciones a las que el Derecho Internacional Público reconozca personalidad jurídica y toda otra persona jurídica constituida en el extranjero cuyo carácter público resulte de su Derecho aplicable, pág. 71
- 12.7.3. La Iglesia Católica, pág. 71
- 12.7.4. Otras, pág. 72
- 12.8. Personas jurídicas privadas, pág. 72
- 12.8.1. Las sociedades, pág. 73
- 12.8.1.1. Las sociedades por acciones simplificadas, pág. 73
- 12.8.1.2. Otras sociedades, pág. 74
- 12.8.2. Las asociaciones civiles, pág. 75
- 12.8.3. Las simples asociaciones, pág. 75
- 12.8.4. Las fundaciones, pág. 76
- 12.8.5. Las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, pág. 76
- 12.8.6. Las mutuales, pág. 77
- 12.8.7. Las cooperativas, pág. 78
- 12.8.8. El consorcio de propiedad horizontal, pág. 79
- 12.8.9. Otras, pág. 79
- 12.8.10. El caso particular de las comunidades indígenas, pág. 80
- 12.9. La participación del Estado en las personas jurídicas privadas, pág. 82
- 12.10. Régimen legal aplicable a las personas jurídicas, pág. 83
- 12.11. La cuestión del capital nacional o extranjero, pág. 83
- 12.11.1. Inversiones extranjeras, pág. 84
- 12.11.2. Otras referencias sobre el tema, pág. 85
- 12.12. Personas jurídicas privadas constituidas en el país, pág. 87
- 12.13. Personas jurídicas privadas constituidas en el extranjero, pág. 88
- 13. El régimen de responsabilidad penal aplicable a las personas jurídicas privadas bajo la ley 27.401, pág. 90
- 14. Los delitos por los cuales se puede responsabilizar penalmente a las personas jurídicas bajo la ley 27.401, pág. 101
- 14.1. El delito de cohecho, pág. 101
- 14.1.1. Autoría y participación, pág. 107
- 14.2. El delito de cohecho trasnacional, pág. 107
- 14.2.1. Autoría y participación, pág. 112
- 14.3. El delito de tráfico de influencias, pág. 113
- 14.3.1. Autoría y participación, pág. 116
- 14.4. El delito de negociaciones incompatibles con la función pública, pág. 116
- 14.4.1. Árbitros, pág. 117
- 14.4.1.1. Arbitraje institucional, pág. 119
- 14.4.1.2. Arbitraje ad hoc, pág. 120
- 14.4.2. Amigables componedores, pág. 121
- 14.4.2.1. Las personas jurídicas privadas, ¿pueden ser árbitros?, pág. 121
- 14.4.2.2. Autoría y participación, pág. 125
- 14.4.3. Peritos, pág. 126
- 14.4.3.1. ¿Puede una persona jurídica privada cumplir el rol de perito?, pág. 130
- 14.4.3.2. Autoría y participación, pág. 133
- 14.4.4. Contadores, pág. 133
- 14.4.4.1. ¿Puede una persona jurídica privada ser contador?, pág. 136
- 14.4.4.2. Autoría y participación, pág. 138
- 14.4.5. Tutores, pág. 139
- 14.4.5.1. ¿Quién designa y sobre quién puede recaer la función de tutor?, pág. 140
- 14.4.5.2. ¿Quiénes no pueden ser tutores?, pág. 141
- 14.4.5.3. Supuestos de tutela especial, pág. 142
- 14.4.5.4. Obligados a denunciar, pág. 143
- 14.4.5.5. Discernimiento de la tutela, pág. 144
- 14.4.5.6. Responsabilidad del tutor, pág. 145
- 14.4.5.7. ¿Cuándo y cómo finaliza la tutela?, pág. 145
- 14.4.5.8. ¿Pueden ser tutores las personas jurídicas?, pág. 146
- 14.4.5.9. Autoría y participación, pág. 148
- 14.4.6. Curadores, pág. 148
- 14.4.6.1. La curatela en el Código Civil derogado, pág. 149
- 14.4.6.2. La curatela en el Código Civil y Comercial de la Nación, pág. 150
- 14.4.6.3. Remisión a las reglas de la tutela, pág. 150
- 14.4.6.4. ¿Quién designa y sobre quién recae la función de curador?, pág. 150
- 14.4.6.5. Curatela a los bienes (ad bona), pág. 151
- 14.4.6.6. ¿Puede una persona jurídica privada ser curadora?, pág. 152
- 14.4.6.7. Autoría y participación, pág. 152
- 14.4.7. Síndicos, pág. 152
- 14.4.7.1. El síndico societario, pág. 153
- 14.4.7.1.1. ¿Cuáles son las atribuciones y deberes del síndico?, pág. 154
- 14.4.7.1.2. ¿Cuál es el carácter del control en la función sindical?, pág. 158
- 14.4.7.1.3. ¿Deben los síndicos extender sus funciones controlando lo ocurrido en ejercicios anteriores a los de su desempeño?, pág. 162
- 14.4.7.1.4. ¿Quiénes pueden ser designados síndicos?, pág. 163
- 14.4.7.1.5. Inhabilidades e incompatibilidades para el desempeño de la sindicatura, pág. 164
- 14.4.7.1.6. La sindicatura colegiada, pág. 164
- 14.4.7.1.7. Carácter personal e indelegable del cargo, pág. 165
- 14.4.7.1.8. Responsabilidad de los síndicos, pág. 166
- 14.4.7.1.9. Aplicación de otras normas, pág. 168
- 14.4.7.1.10. ¿Cómo se extingue la responsabilidad de los síndicos?, pág. 168
- 14.4.7.1.11. Autoría y participación, pág. 169
- 14.4.7.2. El síndico concursal, pág. 169
- 14.4.7.2.1. Deberes, pág. 171
- 14.4.7.2.2. Ejercicio de sus obligaciones, pág. 173
- 14.4.7.2.3. Remoción, pág. 174
- 14.4.7.2.4. Parentesco inhabilitante, pág. 174
- 14.4.7.2.5. ¿Puede ser síndico concursal una persona jurídica?, pág. 175
- 14.4.7.2.6. Autoría y participación, pág. 175
- 14.4.8. Liquidadores, pág. 176
- 14.4.8.1. La liquidación en la ley 19.550, pág. 176
- 14.4.8.2. Personalidad jurídica de la sociedad en liquidación, pág. 177
- 14.4.8.3. Legitimación para actuar de la sociedad en liquidación, pág. 179
- 14.4.8.4. Residualidad de los órganos sociales, pág. 179
- 14.4.8.5. Relación entre los socios y la sociedad en el período liquidatorio, pág. 180
- 14.4.8.6. Relación entre la sociedad y los terceros en el período liquidatorio, pág. 181
- 14.4.8.7. Liquidadores naturales, pág. 182
- 14.4.8.8. Designación de liquidadores, pág. 182
- 14.4.8.9. Inventario y balance de liquidación, pág. 183
- 14.4.8.10. Facultades de los liquidadores, pág. 184
- 14.4.8.11. Realización del activo, pág. 184
- 14.4.8.12. Balance final y proyecto de distribución, pág. 185
- 14.4.8.13. Impugnación ante los liquidadores, pág. 186
- 14.4.8.14. Aprobación, pág. 186
- 14.4.8.15. Impugnación judicial, pág. 187
- 14.4.8.16. Autoría y participación, pág. 187
- 14.5. El delito de concusión, pág. 187
- 14.5.1. Autoría y participación, pág. 189
- 14.6. Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, pág. 189
- 14.6.1. El delito de utilización indebida de datos secretos con fines de lucro por parte de un funcionario o empleado público, pág. 190
- 14.6.1.1. Autoría y participación, pág. 191
- 14.6.2. Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, pág. 191
- 14.6.2.1. Autoría y participación, pág. 195
- 14.7. El delito de balances e informes falsos agravado, pág. 195
- 14.7.1. La obligación de llevar registros contables, pág. 197
- 14.7.2. La contabilidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, pág. 201
- 14.7.3. Modo de llevar la contabilidad, pág. 201
- 14.7.4. Registros indispensables, pág. 202
- 14.7.5. ¿Cómo deben llevarse los libros?, pág. 204
- 14.7.6. ¿Cuáles son las prohibiciones que presenta el régimen legal?, pág. 205
- 14.7.7. ¿Cómo deben llevarse los registros?, pág. 206
- 14.7.8. ¿Qué debe asentarse en los libros?, pág. 207
- 14.7.9. Los estados contables, pág. 209
- 14.7.10. ¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los libros, documentos y registros?, pág. 212
- 14.7.11. ¿Puede ser sustituido el mecanismo de registración?, pág. 212
- 14.7.12. ¿Qué valor probatorio tienen estos registros?, pág. 215
- 14.7.13. ¿Cuándo y bajo cuáles circunstancias puede ser exigida la exhibición de libros y registros?, pág. 216
- 14.7.14. Prohibición de investigar de oficio, pág. 217
- 14.7.15. Exhibición a instancia de parte, pág. 217
- 14.7.16. Lugar de exhibición, pág. 217
- 14.7.17. Ciertas formalidades, pág. 218
- 14.7.18. La contabilidad digital. Ley 27.349 y DNU 27/2018, pág. 218
- 14.7.19. El delito de balance e informes falsos, pág. 221
- 14.7.20. Autoría y participación, pág. 222
- 14.8. El delito de balances e informes falsos agravado, pág. 223
- 14.8.1. Autoría y participación, pág. 224
- Art. 2° - Responsabilidad de las personas jurídicas, pág. 225
- 1. Introducción, pág. 225
- 2. ¿Cuál es la conducta típica mencionada por el legislador?, pág. 226
- 2.1. La intervención, pág. 229
- 2.2. La actuación en nombre de la persona jurídica privada, pág. 234
- 2.2.1. Administración y representación en las personas jurídicas privadas, pág. 234
- 2.2.2. El caso de las sociedades, pág. 237
- 2.2.3. La teoría del órgano y la actuación de la persona jurídica por sí misma, pág. 239
- 2.2.4. La responsabilidad penal de las personas jurídicas privadas por la actuación de sus representantes, pág. 240
- 2.2.5. La representación, pág. 241
- 2.2.6. Los requisitos de la representación, pág. 243
- 2.2.7. Clases de representación, pág. 244
- 2.2.8. ¿Persona jurídica actuando en representación orgánica de una persona jurídica?, pág. 245
- 2.2.9. ¿Quién representa a las personas jurídicas privadas en cada caso?, pág. 248
- 2.2.9.1. Sociedades, pág. 249
- 2.2.9.1.1. Sociedad colectiva, pág. 249
- 2.2.9.1.2. Sociedad en comandita simple, pág. 250
- 2.2.9.1.3. Sociedad de capital e industria, pág. 250
- 2.2.9.1.4. Sociedad de responsabilidad limitada, pág. 251
- 2.2.9.1.5. Sociedad anónima, pág. 252
- 2.2.9.1.6. Sociedad en comandita por acciones, pág. 252
- 2.2.9.1.7. Sociedades de la Sección IV del Capítulo I, pág. 253
- 2.2.9.1.7.1. La prueba de la existencia de la sociedad -persona jurídica privada- en el caso de la Sección IV del Capítulo I de la ley 19.550, pág. 257
- 2.2.9.1.8. Sociedades por Acciones Simplificada (SAS), pág. 260
- 2.2.9.1.9. Otras sociedades, pág. 261
- 2.2.9.2. Asociaciones civiles, pág. 262
- 2.2.9.3. Simples asociaciones, pág. 263
- 2.2.9.4. Fundaciones, pág. 264
- 2.2.9.5. Iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, pág. 265
- 2.2.9.6. Mutuales, pág. 266
- 2.2.9.7. Cooperativas, pág. 266
- 2.2.9.8. Consorcio de propiedad horizontal, pág. 267
- 2.2.9.9. Toda otra persona jurídica privada contemplada en disposiciones de este Código o en otras leyes y cuyo carácter de tal se establece o resulta de su finalidad y normas de funcionamiento, pág. 268
- 2.2.9.10. Comunidades indígenas y pueblos originarios, pág. 268
- 2.2.10. El supuesto de los terceros sin representación, pág. 269
- 2.3. El delito realizado en interés de la persona jurídica privada, pág. 271
- 2.4. El delito realizado en beneficio de la persona jurídica privada, pág. 272
- 2.5. Exención de responsabilidad, pág. 273
- 2.6. Intervención de la persona jurídica privada en los delitos previstos en los artículos 258 y 258 bis del Código Penal -cohecho y tráfico de influencias-, pág. 275
- 2.6.1. Intervención de la persona jurídica privada en el delito previsto en el artículo 258 del Código Penal, pág. 275
- 2.6.2. Intervención de la persona jurídica privada en el delito previsto por el artículo 258 bis del Código Penal, pág. 277
- 2.6.3. Interés o beneficio, pág. 279
- 2.7. Intervención de la persona jurídica privada en el delito previsto por el artículo 265 del Código Penal -negociaciones incompatibles con la función pública-, pág. 279
- 2.7.1. Interés o beneficio, pág. 281
- 2.8. Intervención de la persona jurídica privada en el delito previsto en el artículo 268 del Código Penal, pág. 281
- 2.8.1. Interés o beneficio, pág. 283
- 2.9. Intervención de la persona jurídica privada en los delitos previstos en los artículos 268 (1)-utilización indebida de datos- y 268 (2) del Código Penal -enriquecimiento ilícito-, pág. 284
- 2.9.1. Utilización indebida de informaciones y datos reservados, pág. 285
- 2.9.1.1. Interés o beneficio, pág. 286
- 2.9.2. Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, pág. 286
- 2.9.2.1. Interés o beneficio, pág. 289
- 2.10. Intervención de la persona jurídica privada en el delito previsto en el artículo 300 bis del Código Penal, pág. 290
- 2.10.1. La persona jurídica como sujeto activo, pág. 292
- 2.10.2. La persona jurídica como partícipe, pág. 295
- 2.10.3. Interés o beneficio, pág. 295
- 2.10.3.1. La cuestión del delito en las sociedades unipersonales, pág. 295
- Art. 3° - Responsabilidad sucesiva, pág. 303
- 1. Introducción, pág. 303
- 2. La reorganización societaria, pág. 304
- 3. La transformación de sociedades, pág. 305
- 3.1. ¿En qué consiste la transformación?, pág. 306
- 3.2. La sociedad transformada, ¿mantiene su identidad?, pág. 307
- 3.2.1. Si la sociedad al transformarse cambia el objeto social, ¿existe igual transformación y se respeta el principio de identidad?, pág. 308
- 3.2.2. La situación respecto del resto de las personas jurídicas privadas, pág. 310
- 3.2.3. A modo de conclusión, pág. 310
- 3.3. Diversas situaciones de transformación, pág. 311
- 3.3.1. Transformaciones forzosas, pág. 311
- 3.3.2. Transformaciones voluntarias, pág. 312
- 3.3.3. Transformaciones prohibidas, pág. 312
- 3.3.4. Transformaciones impropias, pág. 313
- 3.4. El proceso de transformación, pág. 315
- 3.4.1. El acuerdo social, pág. 316
- 3.4.1.1. Sociedad colectiva, pág. 317
- 3.4.1.2. Sociedad de capital e industria, pág. 317
- 3.4.1.3. Sociedad en comandita simple, pág. 317
- 3.4.1.4. Sociedad de responsabilidad limitada, pág. 317
- 3.4.1.5. Sociedad anónima, pág. 318
- 3.4.1.6. Sociedad en comandita por acciones, pág. 319
- 3.4.2. Asentimiento conyugal, pág. 319
- 3.5. La confección de un balance especial, pág. 320
- 3.6. El acto que instrumenta la transformación, pág. 320
- 3.7. Publicación, pág. 322
- 3.8. Inscripción de la transformación en el Registro Público, pág. 323
- 3.9. Rescisión del acuerdo de transformación, pág. 323
- 3.9.1. ¿Cómo debe tomarse el acuerdo revocatorio?, pág. 324
- 3.9.2. Plazo para la revocación, pág. 324
- 3.10. Caducidad de la transformación, pág. 325
- 3.10.1. Excepción a la norma, pág. 326
- 3.10.2. ¿Debe publicarse la caducidad?, pág. 326
- 4. Fusión de sociedades, pág. 327
- 4.1. Características del instituto, pág. 328
- 4.2. ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la fusión?, pág. 330
- 4.2.1. Nuestra opinión, pág. 331
- 4.3. Modalidades de fusión, pág. 331
- 4.4. Efectos de la fusión, pág. 332
- 4.5. ¿Quiénes son los sujetos intervinientes en una fusión?, pág. 333
- 4.5.1. ¿Pueden fusionarse sociedades en liquidación?, pág. 333
- 4.6. ¿Cómo es el "proceso de fusión"?, pág. 336
- 4.6.1. ¿Qué requisitos deben cumplirse?, pág. 336
- 4.6.1.1. El compromiso previo de fusión, pág. 337
- 4.6.1.1.1. Exposición de Motivos y fundamentos, pág. 339
- 4.6.2. Resoluciones sociales, pág. 339
- 4.6.2.1. Sociedad colectiva, pág. 340
- 4.6.2.2. Sociedad de capital e industria, pág. 340
- 4.6.2.3. Sociedad en comandita simple, pág. 340
- 4.6.2.4. Sociedad de responsabilidad limitada, pág. 340
- 4.6.2.5. Sociedad anónima, pág. 341
- 4.6.2.6. Sociedad en comandita por acciones, pág. 341
- 4.6.3. Publicación, pág. 341
- 4.6.4. Oposición de acreedores, pág. 342
- 4.6.4.1. ¿Existe alguna posibilidad de que la sociedad pueda otorgar el acuerdo sin necesidad de aguardar al cumplimiento del plazo legal?, pág. 344
- 4.6.5. Acuerdo definitivo de fusión, pág. 344
- 4.6.6. Inscripción registral, pág. 346
- 4.7. Constitución de una nueva sociedad a consecuencia de la fusión, pág. 346
- 4.7.1. La fusión en el resto de las personas jurídicas, pág. 347
- 4.7.2. La transmisibilidad de la responsabilidad penal en la fusión propiamente dicha, pág. 348
- 4.8. Incorporación a una sociedad existente, pág. 349
- 4.9. Inscripciones en los registros, pág. 350
- 4.10. Revocación, pág. 351
- 4.11. Revocación del acuerdo definitivo de fusión, pág. 352
- 4.12. Responsabilidad penal bajo la ley 27.401 y revocación del acuerdo definitivo de fusión, pág. 353
- 5. Escisión, pág. 354
- 5.1. Escisión propiamente dicha, pág. 356
- 5.2. Escisión-fusión, pág. 356
- 5.3. Escisión-disolución, pág. 356
- 5.4. Requisitos de la escisión, pág. 357
- 5.4.1. Resolución social, pág. 358
- 5.4.1.1. Sociedad colectiva, pág. 358
- 5.4.1.2. Sociedad de capital e industria, pág. 358
- 5.4.1.3. Sociedad en comandita simple, pág. 358
- 5.4.1.4. Sociedad de responsabilidad limitada, pág. 359
- 5.4.1.5. Sociedad anónima, pág. 359
- 5.4.1.6. Sociedad en comandita por acciones, pág. 360
- 5.4.1.7. Otras personas jurídicas, pág. 360
- 5.4.2. Balance especial, pág. 360
- 5.4.3. Atribución de participaciones, pág. 361
- 5.4.4. Publicidad, pág. 361
- 5.4.5. Instrumentos definitivos, pág. 362
- 5.5. Inscripciones registrales, pág. 362
- 5.6. Responsabilidad penal bajo la ley 27.401 en los casos de escisión, pág. 363
- 6. El trasvasamiento del negocio, pág. 364
- 7. Algunas consideraciones sobre la transmisión -comunicación- de la responsabilidad penal bajo la ley 27.401, pág. 366
- Art. 4° - Extinción de la acción, pág. 371
- 1. Introducción, pág. 371
- 2. Amnistía, pág. 375
- 3. Prescripción, pág. 378
- 4. Independencia de las acciones, pág. 380
- 5. Eximición de pena y extinción de la acción penal, pág. 384
- Art. 5° - Prescripción de la acción, pág. 387
- 1. Introducción, pág. 387
- 2. Cómputo y plazo, pág. 389
- 3. Interrupción y suspensión del plazo de prescripción, pág. 395
- 3.1. Suspensión por cuestiones previas, pág. 398
- 3.2. Suspensión por permanencia en el ejercicio de la función pública, pág. 400
- 3.3. Interrupción por la comisión de otro delito, pág. 402
- 3.4. Interrupción por el "primer" llamado a indagatoria, pág. 403
- 3.5. Interrupción por requerimiento acusatorio de apertura o elevación a juicio, pág. 407
- 3.6. Interrupción por auto de citación a juicio, pág. 408
- 3.7. Interrupción por el dictado de sentencia condenatoria, pág. 410
- Art. 6° - Independencia de las acciones, pág. 413
- 1. Introducción, pág. 413
- 2. Algunos aspectos controvertidos vinculados con esta disposición legal, pág. 413
- 3. ¿De un delito de acción propia a un delito de omisión impropia?, pág. 416
- 4. La cuestión de la tolerancia de los órganos de la persona jurídica, pág. 422
- Art. 7° - Penas, pág. 425
- 1. Introducción, pág. 425
- 2. Una sola pena a elección del tribunal, pág. 431
- 3. Multa, pág. 432
- 4. Suspensión total o parcial de actividades, pág. 438
- 5. Suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, pág. 445
- 6. Disolución y liquidación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad, pág. 445
- 6.1. Sociedades de objeto ilícito, pág. 448
- 6.1.1. Ilicitud originaria e ilicitud sobreviniente, pág. 449
- 6.1.2. Efectos de la ilicitud en el objeto en relación con los terceros, pág. 450
- 6.1.3. Efectos de la ilicitud en el objeto en relación con los socios y la sociedad, pág. 451
- 6.1.4. Liquidación de la sociedad, pág. 452
- 6.1.5. Responsabilidad, pág. 454
- 6.2. Sociedad de objeto lícito y actividad ilícita, pág. 454
- 6.2.1. Alcances de la actividad ilícita, pág. 455
- 6.2.2. Disolución y liquidación, pág. 456
- 6.2.3. Efectos de la ilicitud en la actividad en relación con los terceros, pág. 457
- 6.2.4. Efectos de la ilicitud en el objeto en relación con los socios y la sociedad, pág. 457
- 6.2.5. Socios de buena fe, pág. 458
- 6.2.6. Liquidación de la sociedad, pág. 459
- 6.2.7. Responsabilidad, pág. 460
- 6.3. La pena de disolución y liquidación prevista en la ley 27.401, pág. 461
- 6.4. Alcance de la pena, pág. 464
- 6.5. Liquidación, pág. 464
- 7. Pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere, pág. 468
- 8. Publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica, pág. 469
- Art. 8° - Graduación de la pena, pág. 471
- 1. Introducción, pág. 472
- 2. Los criterios de graduación impuestos por la ley 27.401, pág. 478
- 2.1. El incumplimiento de reglas y procedimientos internos, pág. 479
- 2.2. La cantidad y jerarquía de los funcionarios, empleados y colaboradores involucrados en el delito, pág. 480
- 2.3. La omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, pág. 484
- 2.4. La extensión del daño causado, pág. 486
- 2.5. El monto de dinero involucrado en la comisión del delito, pág. 488
- 2.6. El tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica, pág. 489
- 2.7. La denuncia espontánea a las autoridades por parte de la persona jurídica como consecuencia de una actividad propia de detección o investigación interna, pág. 491
- 2.8. El comportamiento posterior, pág. 493
- 2.9. La disposición para mitigar o reparar el daño, pág. 494
- 3. Reincidencia, pág. 495
- 4. Exclusión de penas, pág. 499
- 5. Pago en cuotas de la multa, pág. 500
- 6. Exclusión de la extinción de la pena de multa por pago voluntario, pág. 501
- Art. 9° - Exención de pena, pág. 503
- 1. Introducción, pág. 503
- 2. La exención de la pena, pág. 505
- 3. Régimen y alcances de la exención, pág. 507
- 3.1. Denuncia espontánea del delito, pág. 509
- 3.2. Implementación de un programa de integridad con anterioridad, pág. 511
- 3.3. Devolución del beneficio obtenido, pág. 512
- 4. Exención de penas y sanciones administrativas, pág. 513
- Art. 10 - Decomiso, pág. 523
- 1. Introducción, pág. 523
- 2. Normas de decomiso aplicables, pág. 527
- Art. 11 - Situación procesal de la persona jurídica, pág. 531
- 1. Introducción, pág. 531
- 2. La persona jurídica privada como imputado, pág. 535
- 3. Los derechos y obligaciones de la persona jurídica privada en el proceso penal, pág. 539
- Art. 12 - Notificaciones, pág. 545
- 1. Introducción, pág. 545
- 2. El domicilio de las personas jurídicas privadas, pág. 546
- 3. Domicilio y sede social, pág. 547
- 4. Las notificaciones y el domicilio en el Código Procesal Penal de la Nación, pág. 551
- 5. Las notificaciones y el domicilio en la ley 27.401, pág. 553
- Art. 13 - Representación, pág. 555
- 1. Introducción, pág. 555
- 2. La representación del imputado, pág. 557
- 3. La representación legal del imputado persona jurídica privada en el proceso penal, pág. 560
- 3.1. Representante legal, pág. 560
- 3.1.1. Sociedades, pág. 561
- 3.1.1.1. Sociedad colectiva, pág. 561
- 3.1.1.2. Sociedad en comandita simple, pág. 562
- 3.1.1.3. Sociedad de capital e industria, pág. 563
- 3.1.1.4. Sociedad de responsabilidad limitada, pág. 564
- 3.1.1.5. Sociedad anónima, pág. 564
- 3.1.1.6. Sociedad en comandita por acciones, pág. 565
- 3.1.1.7. Sociedades de la Sección IV del Capítulo I, pág. 565
- 3.1.1.8. Sociedades por acciones simplificada (SAS), pág. 568
- 3.1.1.9. Otras sociedades, pág. 568
- 3.1.1.10. Asociaciones civiles, pág. 569
- 3.1.1.11. Simples asociaciones, pág. 570
- 3.1.1.12. Fundaciones, pág. 571
- 3.1.1.13. Iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, pág. 572
- 3.1.1.14. Mutuales, pág. 573
- 3.1.1.15. Cooperativas, pág. 573
- 3.1.1.16. Consorcio de propiedad horizontal, pág. 574
- 3.1.1.17. Toda otra persona jurídica privada contemplada en disposiciones de este Código o en otras leyes y cuyo carácter de tal se establece o resulta de su finalidad y normas de funcionamiento, pág. 575
- 3.1.1.18. Comunidades indígenas y pueblos originarios, pág. 575
- 3.2. Representante voluntario, pág. 576
- 4. Cargas del imputado, pág. 587
- 5. Sustitución del representante, pág. 587
- 6. Los defensores, pág. 588
- Art. 14 - Rebeldía, pág. 591
- 1. Introducción, pág. 591
- 2. La rebeldía en el Código Procesal Penal de la Nación, pág. 593
- 3. La rebeldía en la ley 27.401, pág. 596
- Art. 15 - Conflicto de intereses, pág. 599
- 1. Introducción, pág. 599
- 2. Abandono de la representación, pág. 600
- 3. Conflicto de intereses, pág. 603
- 3.1. Conflicto de intereses en la representación legal, pág. 606
- 3.2. Conflicto de intereses en la representación voluntaria y convencional, pág. 609
- 4. Determinación de la existencia de conflicto de intereses, pág. 611
- Art. 16 - Acuerdo de Colaboración Eficaz, pág. 613
- 1. Introducción, pág. 613
- 2. La colaboración en el régimen penal argentino, pág. 622
- 2.1. La ley 13.985, pág. 622
- 2.2. La ley 23.737, pág. 622
- 2.3. La ley 25.241, pág. 623
- 2.4. La ley 25.742, pág. 625
- 2.5. La ley 26.364, pág. 626
- 2.6. La ley 26.683, pág. 628
- 2.7. La ley 27.304, pág. 629
- 2.8. La ley 27.319, pág. 631
- 2.9. El Anteproyecto de 2014, pág. 631
- 3. El acuerdo de colaboración eficaz en la ley 27.401, pág. 632
- 3.1. El objeto del "Acuerdo", pág. 635
- 4. Obligaciones del colaborador, pág. 636
- 5. Plazo para la celebración del acuerdo, pág. 637
- Art. 17 - Confidencialidad de la negociación, pág. 639
- Art. 18 - Contenido del acuerdo, pág. 647
- 1. Introducción, pág. 647
- 2. Contenido del acuerdo, pág. 650
- 2.1. Obligaciones a cargo de la persona jurídica privada, pág. 650
- 2.2. Derechos de la persona jurídica privada, pág. 651
- 2.3. Carácter condicional del acuerdo, pág. 651
- 3. A modo de síntesis, pág. 653
- 4. ¿Condiciones suspensivas, penas, accesorias de la pena o neutralización de los efectos del delito?, pág. 655
- Art. 19 - Forma y control judicial del acuerdo de colaboración, pág. 659
- 1. Introducción, pág. 659
- 2. El instrumento del acuerdo, pág. 659
- 3. Trámite y aprobación, pág. 663
- 4. Facultades judiciales, pág. 665
- 5. Acuerdo sujeto a condición resolutoria, pág. 666
- Art. 20 - Rechazo del acuerdo de colaboración, pág. 669
- 1. Alcances del rechazo del acuerdo, pág. 669
- Art. 21 - Control del cumplimiento del acuerdo de colaboración eficaz, pág. 673
- 1. Introducción, pág. 673
- 2. Un juicio abreviado que no es tal, pág. 675
- 3. El control de mérito y oportunidad del acuerdo celebrado, pág. 677
- Art. 22 - Programa de Integridad, pág. 679
- 1. Introducción, pág. 679
- 2. El Programa de Integridad en la ley 27.401, pág. 689
- 3. Carácter facultativo del Programa de Integridad, pág. 693
- 4. El decreto reglamentario 277/2018, pág. 694
- Art. 23 - Contenido del Programa de Integridad, pág. 695
- 1. Introducción, pág. 696
- 2. Carácter obligatorio del contenido mínimo del Programa de Integridad, pág. 699
- 2.1. Código de ética o políticas de integridad, pág. 699
- 2.2. Reglas y procedimientos de prevención, pág. 701
- 2.3. Programas de capacitación periódica, pág. 702
- 3. Otros contenidos facultativos, pág. 703
- 3.1. El análisis periódico de riesgos y la consecuente adaptación del programa de integridad, pág. 703
- 3.2. El apoyo visible e inequívoco al programa de integridad por parte de la alta dirección y gerencia, pág. 706
- 3.3. Los canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos, pág. 708
- 3.4. Una política de protección de denunciantes contra represalias, pág. 708
- 3.5. Un sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del código de ética o conducta, pág. 709
- 3.6. Procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios, incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios, al momento de contratar sus servicios durante la relación comercial, pág. 710
- 3.7. La debida diligencia durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones, para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades en las personas jurídicas involucradas, pág. 711
- 3.8. El monitoreo y evaluación continua de la efectividad del programa de integridad, pág. 714
- 3.9. La designación de un responsable interno a cargo del desarrollo, coordinación y supervisión del Programa de Integridad, pág. 718
- 3.10. El cumplimiento de las exigencias reglamentarias que sobre estos programas dicten las respectivas autoridades del poder de policía nacional, provincial, municipal o comunal que rija la actividad de la persona jurídica, pág. 719
- 4. El decreto reglamentario 277/2018, pág. 719
- Art. 24 - Contrataciones con el Estado nacional, pág. 721
- 1. Ajenidad, pág. 721
- 2. El decreto reglamentario 277/2018, pág. 722
- Art. 25 - Registro Nacional de Reincidencia, pág. 727
- 1. Registro, pág. 727
- Art. 26 - Competencia, pág. 729
- 1. Competencia, pág. 729
- Art. 27 - Aplicación complementaria, pág. 730
- 1. Código Penal, pág. 730
- Art. 28 - Aplicación supletoria, pág. 731
- 1. Régimen procesal, pág. 731
- Art. 29, pág. 733
- 1. Incorporación del soborno trasnacional, pág. 733
- Art. 30, pág. 735
- 1. El cohecho trasnacional, pág. 735
- Art. 31, pág. 739
- 1. Multa, pág. 739
- Art. 32, pág. 739
- 1. Multa, pág. 739
- Art. 33, pág. 740
- 1. Multa, pág. 740
- Art. 34, pág. 741
- 1. Multa, pág. 741
- Art. 35, pág. 741
- 1. Multa, pág. 741
- Art. 36, pág. 743
- 1. Modificación de pena, pág. 743
- Art. 37, pág. 745
- 1. Figura agravada, pág. 746
- Art. 38, pág. 747
- 1. Adecuación, pág. 750
- Art. 39 - Entrada en vigencia, pág. 752
- 1. Entrada en vigencia, pág. 752
- APÉNDICE
- Tabla comparativa de las reformas introducidas por la ley 27.401 al Código Penal argentino, pág. 753
- Responsabilidad penal. Decreto 277/2018. Reglamentación. Ley 27.401, pág. 757
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